Segundo representante
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes. Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria. Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO. Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio. Saludos cordiales Alberto Soto
Estimado Alberto, En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN. En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO. Agradezco la atención al presente. Atentamente, Johnny Laureano Pdte. AUI PERU El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
_______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
Johnny, todas/os, En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones. Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto. La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper... Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad. Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/ Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo. Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada. Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet. Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades. Saludos cordiales, Fatima Cambronero El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero
Estimada Fatima, A través del presente para agradecer tus comentarios y preocupaciones sobre la representación del AUI PERU en LACRALO y manifestar sobre lo que indicas lo siguiente: Respecto de los principios operativos de LACRALO, en su punto 4. refiere sobre las ALS acreditadas y dice "estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la Secretaria los nombramientos realizados". Para ser breve, no se aprecia ninguna condición sine qua non que los 2 representantes de las ALS de LACRALO deberán tener, por favor, tener esto en cuenta. Para complementar la información remitida. Maritza, Abogado y Magíster, no sólo trabaja en esta Agencia, sino también es profesora universitaria permanente, es consultora privada y autora de un libro sobre derechos de los usuarios, becaria por el Gobierno Japonés, Fellowship por el ICANN, entre otros y particularmente considero hace denodados esfuerzos adicionales a su tiempo para poder atender esta representación que hemos otorgado como AUI PERU ante LACRALO. Además habla perfecto inglés y creo sinceramente es un gran aporte regional, por méritos académicos y profesionales, para AUI PERU y LACRALO y el ICANN del futuro. Sobre la representación de AUI PERU, esta ha sido comunicada al Pdte y Secretaría de LACRALO, de acuerdo a los Principios Operativos de LACRALO, en este sentido, solicito a la Presidencia y Secretaría confirmar nuestra solicitud. Atte, Johnny Laureano Pdte AUI PERU El 10 de septiembre de 2014, 22:15, Fatima Cambronero < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero
Estimados todos. Johnny, el pedido de ves trabajo ALS fue tramitado y finalizado en el día que fue solicitado, según puedes ver en el correspondiente email. Fatima y Sergio, los miembros que más están trabajando por nuestra Región: cada organización es responsable de a designación de su representante titular, y conoce perfectamente los derechos y obligaciones correspondientes. Por ello sabe también que de haber un problema, tal como un conflicto de intereses, ese miembro responde por su ALS y no personalmente. De haber problemas de ese tipo y estén relacionados con el no cumplimiento hacia el usuario final, se recurrirá a la normativa vigente, que como bien dijo Carlos, podría llegará a la de certificación. Sigamos trabajando como hasta ahora, que parecería que todos lo estamos haciendo bien. Saludos cordiales y paz en nuestra Región. .. Alberto Soto On 11 de septiembre de 2014 06:55:15 GMT-03:00, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> wrote:
Estimada Fatima,
A través del presente para agradecer tus comentarios y preocupaciones sobre la representación del AUI PERU en LACRALO y manifestar sobre lo que indicas lo siguiente:
Respecto de los principios operativos de LACRALO, en su punto 4. refiere sobre las ALS acreditadas y dice "estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la Secretaria los nombramientos realizados". Para ser breve, no se aprecia ninguna condición sine qua non que los 2 representantes de las ALS de LACRALO deberán tener, por favor, tener esto en cuenta.
Para complementar la información remitida. Maritza, Abogado y Magíster, no sólo trabaja en esta Agencia, sino también es profesora universitaria permanente, es consultora privada y autora de un libro sobre derechos de los usuarios, becaria por el Gobierno Japonés, Fellowship por el ICANN, entre otros y particularmente considero hace denodados esfuerzos adicionales a su tiempo para poder atender esta representación que hemos otorgado como AUI PERU ante LACRALO. Además habla perfecto inglés y creo sinceramente es un gran aporte regional, por méritos académicos y profesionales, para AUI PERU y LACRALO y el ICANN del futuro.
Sobre la representación de AUI PERU, esta ha sido comunicada al Pdte y Secretaría de LACRALO, de acuerdo a los Principios Operativos de LACRALO, en este sentido, solicito a la Presidencia y Secretaría confirmar nuestra solicitud.
Atte,
Johnny Laureano Pdte AUI PERU
El 10 de septiembre de 2014, 22:15, Fatima Cambronero < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando
Johnny, de
designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable
que
las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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Estimado Alberto, Queda clara la ratificación respecto de las credenciales de representación de AUI PERU en LACRALO. Tú pronunciamiento clarifica sobre el asunto en cuestión y contribuye a la paz interna de este voluntarismo regional, bien anotado por Carlos y sobre las observaciones planteadas por Sergio y Fátima. Atte. Johnny Laureano AUI PERU El 11 de septiembre de 2014, 10:34, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados todos. Johnny, el pedido de ves trabajo ALS fue tramitado y finalizado en el día que fue solicitado, según puedes ver en el correspondiente email. Fatima y Sergio, los miembros que más están trabajando por nuestra Región: cada organización es responsable de a designación de su representante titular, y conoce perfectamente los derechos y obligaciones correspondientes. Por ello sabe también que de haber un problema, tal como un conflicto de intereses, ese miembro responde por su ALS y no personalmente. De haber problemas de ese tipo y estén relacionados con el no cumplimiento hacia el usuario final, se recurrirá a la normativa vigente, que como bien dijo Carlos, podría llegará a la de certificación. Sigamos trabajando como hasta ahora, que parecería que todos lo estamos haciendo bien. Saludos cordiales y paz en nuestra Región. ..
Alberto Soto
On 11 de septiembre de 2014 06:55:15 GMT-03:00, Johnny Laureano < jlaureano@aui.pe> wrote:
Estimada Fatima,
A través del presente para agradecer tus comentarios y preocupaciones sobre la representación del AUI PERU en LACRALO y manifestar sobre lo que indicas lo siguiente:
Respecto de los principios operativos de LACRALO, en su punto 4. refiere sobre las ALS acreditadas y dice "estará integrada por dos (2) representantes de cada ALSs acreditada, nombrados y removidos libremente por cada ALS, la cual comunicará a la Secretaria los nombramientos realizados". Para ser breve, no se aprecia ninguna condición sine q ua non que los 2 representantes de las ALS de LACRALO deberán tener, por favor, tener esto en cuenta.
Para complementar la información remitida. Maritza, Abogado y Magíster, no sólo trabaja en esta Agencia, sino también es profesora universitaria permanente, es consultora privada y autora de un libro sobre derechos de los usuarios, becaria por el Gobierno Japonés, Fellowship por el ICANN, entre otros y particularmente considero hace denodados esfuerzos adicionales a su tiempo para poder atender esta representación que hemos otorgado como AUI PERU ante LACRALO. Además habla perfecto inglés y creo sinceramente es un gran aporte regio nal, por méritos académicos y profesionales, para AUI PERU y LACRALO y el ICANN del futuro.
Sobre la representación de AUI PERU, esta ha sido comunicada al Pdte y Secretaría de LACRALO, de acuerdo a los Principios Operativos de LACRALO, en este sentido, solicito a la Presidencia y Secretaría confirmar nuestra solicitud.
Atte,
Johnny Laureano Pdte AUI PERU
El 10 de septiembre de 2014, 22:15, Fatima Cambronero < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
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En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
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Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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Sergio, He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO. Fatima Cambronero El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho. 1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión. 2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente. 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde. 4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda. Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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La vida real. Todas y todos, en mayor o menor medida actuamos desde nuestros intereses y visiones. Mucho más en el mundo de Internet en el que la mayoría de los que nos pagan sueldos u honorarios son empresas, instituciones del estado u ONG´s que obtienen financiamientos de fuentes que nadie puede defender que sean a título de "beneficio público o social". De modo tal que "arroje una piedra el que esté libre del pecado". Seamos serios. En el debate sobre la pertinencia del ingreso de ISOC Venezuela muchos de los que aquí argumentan callaron, a pesar de que el vínculo de dicha ALS con una cámara empresaria del sector Telco era más que evidente. Sin embargo, y reflexionando sobre el tema, al avalar su ingreso creo que finalmente se impuso un criterio correcto en el marco de lo que hoy es Icann (quedó pendiente un debate acerca de qué es una asociación de usuarios y qué es la sociedad civil). Creo que la posición de Carlos es la pertinente, los "podrían" no deben ser causal de nada y, si alguno de nosotros (individuos u organizaciones) comete una deslealtad para con nuestros valores y normas, ahí si tendremos que actuar. Un fuerte abrazo, Sergio Bronstein El 11 de septiembre de 2014, 9:48, Carlos Vera Quintana <cveraq@gmail.com> escribió:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
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En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando
Johnny, de
designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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Querido Carlos coincido con lo planteado. Fatima, veo que no entendiste nada de lo que puse, ni siquiera comprendiste mis preguntas (ya que no estaba seguro si eras docente o no de la Universidad Nacional de Córdoba). Veo estéril seguir este tema, ya que esta fuera de lugar y con un enfoque reduccionista y persecutorio de cualquier persona que trabaje en relación de dependencia con el estado. Saludos *Sergio Salinas Porto Presidente Internauta Argentina Asociación Argentina de Usuarios de Internet <http://www.internauta.org.ar>/CTA <http://ctamdq.org.ar> FLUI- Federación Latinoamericana de Usuarios de Internet <http://www.fuilatin.org> facebook:salinasporto <http://www.facebook.com/salinasporto> & sergiosalinasII <http://www.facebook.com/sergiosalinasII> twitter:sergiosalinas <http://twitter.com/sergiosalinas> Google+: Sergio Salinas Porto <https://plus.google.com/104639152443153592254/posts> Hangout:presidencia@internauta.org.ar <Hangout%3Apresidencia@internauta.org.ar> / Pixelhub: salinasporto <http://pixelhub.me/salinasporto> Youtube: salinasporto <http://www.youtube.com/salinasporto> Skype:internautaargentina Mobi:+54 9 223 5 215819* *"Ojalá podamos ser desobedientes, cada vez que recibimos órdenes que humillan nuestra conciencia o violan nuestro sentido común" Eduardo Galeano* El 11 de septiembre de 2014, 11:18, Carlos Vera Quintana <cveraq@gmail.com> escribió:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%2520Oper...
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando
Johnny, de
designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
_______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464 On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%252 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?ve rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto. A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública. B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento. Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás. Abrazos a todos Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464 On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25 2 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. > Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >votar, y es > a > quien se le envían las credenciales correspondientes. > > Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede >no > estar > disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la > información necesaria. > > Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo > del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de > LACRALO. > > Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >hasta que > la ALS informe oficialmente un cambio. > > > > Saludos cordiales > > > > Alberto Soto > > > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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Vanda, Estoy de acuerdo contigo. Un abrazo El 12/09/2014 06:05 p.m., Vanda Scartezini escribió:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25 2 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> escribió:
> Estimado Alberto, > > En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable > que > las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, > presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda > representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO > e ICANN. > > En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado > de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las > credenciales de votación en representación de nuestra organización > en LACRALO. > > Agradezco la atención al presente. > > Atentamente, > > Johnny Laureano > Pdte. AUI PERU > > > > > El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto > <alberto@soto.net.ar> > escribió: > >> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. >> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >> votar, y > es >> a >> quien se le envían las credenciales correspondientes. >> >> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede >> no >> estar >> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la >> información necesaria. >> >> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y > correo >> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de >> LACRALO. >> >> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >> hasta > que >> la ALS informe oficialmente un cambio. >> >> >> >> Saludos cordiales >> >> >> >> Alberto Soto >> >> >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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Vanda, aquí hay un malentendido. En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet. Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso. En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación. Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC. En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja. Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí. Alejandro Pisanty 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe
escribió:
> Estimado Alberto, > > En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable >que > las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este sentido, > presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda > representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante LACRALO > e ICANN. > > En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular acreditado > de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las > credenciales de votación en representación de nuestra organización > en LACRALO. > > Agradezco la atención al presente. > > Atentamente, > > Johnny Laureano > Pdte. AUI PERU > > > > > El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto ><alberto@soto.net.ar> > escribió: > >> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. >> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >>votar, y > es >> a >> quien se le envían las credenciales correspondientes. >> >> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede >>no >> estar >> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la >> información necesaria. >> >> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y > correo >> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de >> LACRALO. >> >> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >>hasta > que >> la ALS informe oficialmente un cambio. >> >> >> >> Saludos cordiales >> >> >> >> Alberto Soto >> >> >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
Estimado Alejandro: Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle? Muchas gracias de antemano. Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
> Johnny, todas/os, > > > > En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este > hilo > de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las > conversaciones. > > > > Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto. > > > > La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario > con > derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se > encuentra > vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar > nuestros > Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: > > > https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25 > 2 > 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v > e > rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2 > > > Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f > > > > En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando > Johnny, de > designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices > en el > primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a > voto > (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera > manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría > aclarar > que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este > tema, a > quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del > curso de > ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, > respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me > une > incluso una amistad. > > > > Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la > Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la > Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. > Enlace > a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/ > > > > Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los > consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente > una > agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los > meses su > sueldo. > > > > Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de > AUI > Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de > Perú, > en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los > usuarios > de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno > peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto > de > intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de > Internet > de > Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, > estaríamos > volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, > se > podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero > al > momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener > perdiendo > el derecho que le asiste a toda ALS acreditada. > > > > Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la > posibilidad de > revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de > AUI > Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro > de > LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses > de > los > usuarios finales de Internet. > > > > Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté > dentro de > mis posibilidades. > > > > Saludos cordiales, > > Fatima Cambronero > > > > El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe > escribió: > >> Estimado Alberto, >> >> En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable >> que >> las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este > sentido, >> presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda >> representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante > LACRALO >> e ICANN. >> >> En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular > acreditado >> de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las >> credenciales de votación en representación de nuestra organización >> en LACRALO. >> >> Agradezco la atención al presente. >> >> Atentamente, >> >> Johnny Laureano >> Pdte. AUI PERU >> >> >> >> >> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto >> <alberto@soto.net.ar> >> escribió: >> >>> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos > representantes. >>> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >>> votar, > y >> es >>> a >>> quien se le envían las credenciales correspondientes. >>> >>> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede >>> no >>> estar >>> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante > tenga la >>> información necesaria. >>> >>> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y >> correo >>> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de >>> LACRALO. >>> >>> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >>> hasta >> que >>> la ALS informe oficialmente un cambio. >>> >>> >>> >>> Saludos cordiales >>> >>> >>> >>> Alberto Soto >>> >>> >>> >>> _______________________________________________ >>> lac-discuss-es mailing list >>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>> >>> http://www.lacralo.org >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org > > > -- > *Fatima Cambronero* > Abogada-Argentina > > Phone: +54 9351 5282 668 > Twitter: @facambronero > Skype: fatima.cambronero > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
_______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
Humberto, aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS* 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies. Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo. El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados). Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas. Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin. Alejandro Pisanty 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este
asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su
trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y
también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
<fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. > Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. > Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. > Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de > LACRALO > deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se > desempeñan > como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son > empleados > de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o > provinciales. > Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su > nota > de > lo que vote en Lacralo?), etc. > El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones > gubernamentales o no. > No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste > para > ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías > dinero del > gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación > en > argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. > Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay > ningun > conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a > Maritza. > Abrazo querida fatima! > El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < > fatimacambronero@gmail.com> escribió: > > Johnny, todas/os, >> >> >> >> En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este >> hilo >> de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las >> conversaciones. >> >> >> >> Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto. >> >> >> >> La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario >> con >> derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se >> encuentra >> vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar >> nuestros >> Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: >> >> >> >> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2
>> 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-% >> 2520ES%2520.pdf?v >> e >> rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2 >> >> >> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f >> >> >> >> En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando >> Johnny, de >> designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices >> en el >> primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a >> voto >> (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera >> manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría >> aclarar >> que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este >> tema, a >> quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del >> curso de >> ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, >> respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me >> une >> incluso una amistad. >> >> >> >> Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de >> la >> Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es >> la >> Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. >> Enlace >> a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/ >> >> >> >> Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los >> consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente >> una >> agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los >> meses su >> sueldo. >> >> >> >> Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de >> AUI >> Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de >> Perú, >> en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los >> usuarios >> de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el >> gobierno >> peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto >> de >> intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de >> Internet >> de >> Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, >> estaríamos >> volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, >> se >> podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero >> al >> momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener >> perdiendo >> el derecho que le asiste a toda ALS acreditada. >> >> >> >> Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la >> posibilidad de >> revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto >> de >> AUI >> Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro >> de >> LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses >> de >> los >> usuarios finales de Internet. >> >> >> >> Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté >> dentro de >> mis posibilidades. >> >> >> >> Saludos cordiales, >> >> Fatima Cambronero >> >> >> >> El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano < >> jlaureano@aui.pe >> escribió: >> >> Estimado Alberto, >>> >>> En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy >>> saludable >>> que >>> las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este >>> >> sentido, >> >>> presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda >>> representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante >>> >> LACRALO >> >>> e ICANN. >>> >>> En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular >>> >> acreditado >> >>> de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las >>> credenciales de votación en representación de nuestra organización >>> en LACRALO. >>> >>> Agradezco la atención al presente. >>> >>> Atentamente, >>> >>> Johnny Laureano >>> Pdte. AUI PERU >>> >>> >>> >>> >>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto >>> <alberto@soto.net.ar> >>> escribió: >>> >>> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos >>>> >>> representantes. >> >>> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >>>> votar, >>>> >>> y >> >>> es >>> >>>> a >>>> quien se le envían las credenciales correspondientes. >>>> >>>> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular >>>> puede >>>> no >>>> estar >>>> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante >>>> >>> tenga la >> >>> información necesaria. >>>> >>>> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre >>>> y >>>> >>> correo >>> >>>> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails >>>> de >>>> LACRALO. >>>> >>>> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >>>> hasta >>>> >>> que >>> >>>> la ALS informe oficialmente un cambio. >>>> >>>> >>>> >>>> Saludos cordiales >>>> >>>> >>>> >>>> Alberto Soto >>>> >>>> >>>> >>>> _______________________________________________ >>>> lac-discuss-es mailing list >>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>>> >>>> http://www.lacralo.org >>>> >>> _______________________________________________ >>> lac-discuss-es mailing list >>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>> >>> http://www.lacralo.org >>> >> >> >> -- >> *Fatima Cambronero* >> Abogada-Argentina >> >> Phone: +54 9351 5282 668 >> Twitter: @facambronero >> Skype: fatima.cambronero >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> > -- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
Estimado Alejandro, Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate. Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués: *Español:* https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) * 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas. *Portugués:* https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS* 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais. Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad: 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS." 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas. Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación. a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales. Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD. *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.* Un abrazo a todos El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe> escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
_______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
Estimad@s tod@s, Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes. Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe. Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos. En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento. Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc). He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente: a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno. Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno. Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen. Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás. Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional. Maritza Agüero El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com> escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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Colegas, ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla). Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición? No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema. Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización. Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica. Alejandro Pisanty 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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Alejandro, De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los eventuales conflictos. Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema. Un abrazo Enviado desde mi iPhone
El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty@gmail.com> escribió:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists. icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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Estimados todos, Debo decir que Alejandro ha tocado un punto importante. Pero no considero que pueda ser tratado por el Grupo de Gobernanza, porque estaríamos sobrecargando un GT de trabajo y actividades. Si entiendo bien, lo que él propone es crear una especia de comisión que sea formada por nosotros mismos, (unos cuantos claro) para evaluar la posibilidad de que existan conflictos de intereses en casos determinados. No sería un grupo de trabajo permanente pero sí considero relevante que se cree y que haga las evaluaciones pertinentes, cuando se presenten. JUAN MANUEL ROJAS Comunicador Social Presidente - AGEIA DENSI Colombia Twitter: @JmanuRojas Unete a LACRALO: https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es El Sábado, 13 de septiembre, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com> escribió: Alejandro, De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los eventuales conflictos. Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema. Un abrazo Enviado desde mi iPhone
El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty@gmail.com> escribió:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists. icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero ______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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Estimados el tema que se encuentra en discusión esta siendo tratado en este momento en el Grupo de Gobernanza, por lo que no será necesario organizar un nuevo grupo de trabajo en la materia. Dentro de nuestras reglas de procedimiento y principios operativos estará claro quien pude y quien no ser miembro de LACRALO. Saludos cordiales *Sergio Salinas Porto Presidente Internauta Argentina Asociación Argentina de Usuarios de Internet <http://www.internauta.org.ar>/CTA <http://ctamdq.org.ar> FLUI- Federación Latinoamericana de Usuarios de Internet <http://www.fuilatin.org> facebook:salinasporto <http://www.facebook.com/salinasporto> & sergiosalinasII <http://www.facebook.com/sergiosalinasII> twitter:sergiosalinas <http://twitter.com/sergiosalinas> Google+: Sergio Salinas Porto <https://plus.google.com/104639152443153592254/posts> Hangout:presidencia@internauta.org.ar <Hangout%3Apresidencia@internauta.org.ar> / Pixelhub: salinasporto <http://pixelhub.me/salinasporto> Youtube: salinasporto <http://www.youtube.com/salinasporto> Skype:internautaargentina Mobi:+54 9 223 5 215819* *"Ojalá podamos ser desobedientes, cada vez que recibimos órdenes que humillan nuestra conciencia o violan nuestro sentido común" Eduardo Galeano* El 13 de septiembre de 2014, 16:05, Juan Manuel Rojas <jumaropi@yahoo.com> escribió:
Estimados todos, Debo decir que Alejandro ha tocado un punto importante. Pero no considero que pueda ser tratado por el Grupo de Gobernanza, porque estaríamos sobrecargando un GT de trabajo y actividades.
Si entiendo bien, lo que él propone es crear una especia de comisión que sea formada por nosotros mismos, (unos cuantos claro) para evaluar la posibilidad de que existan conflictos de intereses en casos determinados. No sería un grupo de trabajo permanente pero sí considero relevante que se cree y que haga las evaluaciones pertinentes, cuando se presenten.
JUAN MANUEL ROJAS Comunicador Social Presidente - AGEIA DENSI Colombia
Twitter: @JmanuRojas
Unete a LACRALO: https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
El Sábado, 13 de septiembre, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco < hcarrascob@gmail.com> escribió:
Alejandro,
De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los eventuales conflictos.
Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema.
Un abrazo
Enviado desde mi iPhone
Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (“Requisitos adicionales” 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de “funcionario” que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo “oficial” y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
b) El segundo requisito es tener por “*primary function*”, es decir, por “*función principal*” el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco < hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists. icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty@gmail.com> escribió:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia,
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http://www.lacralo.org _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
En el trabajo del grupo de gobernanza, establecemos que los conflictos de interés van a seguir las reglas de ICANN y - si LACRALO entender necesidad de adicionales - las reglas que deben proponer el grupo de reglas de procedimiento. Creo que sugerencias en este asunto deben ser encaminadas e esto grupo, de Reglas de Procedimiento para no duplicar los trabajos. Abraços Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464 On 9/13/14, 16:05, "Juan Manuel Rojas" <jumaropi@yahoo.com> wrote:
Estimados todos, Debo decir que Alejandro ha tocado un punto importante. Pero no considero que pueda ser tratado por el Grupo de Gobernanza, porque estaríamos sobrecargando un GT de trabajo y actividades.
Si entiendo bien, lo que él propone es crear una especia de comisión que sea formada por nosotros mismos, (unos cuantos claro) para evaluar la posibilidad de que existan conflictos de intereses en casos determinados. No sería un grupo de trabajo permanente pero sí considero relevante que se cree y que haga las evaluaciones pertinentes, cuando se presenten.
JUAN MANUEL ROJAS Comunicador Social Presidente - AGEIA DENSI Colombia
Twitter: @JmanuRojas
Unete a LACRALO: https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
El Sábado, 13 de septiembre, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com> escribió:
Alejandro,
De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los eventuales conflictos.
Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema.
Un abrazo
Enviado desde mi iPhone
El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty@gmail.com> escribió:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero ______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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http://www.lacralo.org _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464 On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero ______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org <mailto:lac-discuss-es@ atlarge-lists.icann.org> https://atlarge-lists.icann. org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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Estimadas/os, Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo. Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno ( https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en). Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones. Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú. Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual. También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet. At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento. Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma. En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large. Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC. Fatima Cambronero El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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Esto que dice Fátima me hace sentido. Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 14/09/2014, a las 12:22, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Estimadas/os,
Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo.
Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno ( https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en).
Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones.
Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large.
Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
Fatima Cambronero
El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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+1 Fátima. Me parece que lo has puesto muy claro. Enviado desde mi iPhone
El 14/09/2014, a las 12:47, Carlos Vera Quintana <cveraq@gmail.com> escribió:
Esto que dice Fátima me hace sentido.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 14/09/2014, a las 12:22, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Estimadas/os,
Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo.
Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno ( https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en).
Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones.
Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large.
Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
Fatima Cambronero
El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
> Humberto, > > aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en > https://www.icann.org/ > resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI > > *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS* > > 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of > a national government or a multinational entity established by > treaty or other agreement between national governments may serve > as a Director. As used herein, the term "official" means a person > (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is > employed by such government or multinational entity and whose > primary function with such government or entity is to develop or > influence governmental or public policies. > > > Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del > Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, > reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no > son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de > telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del > Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en > políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo > artículo. > > El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con > adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. > Además de la letra de la ley están los principios que representa > ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los > abogados). > > Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un > consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos > intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications > Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de > Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya > que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que > regularmente pagan sus cuentas. > > Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio > Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de > interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año > (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la > recusación del voto o incluso de la participación en la discusión > de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. > El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin. > > Alejandro Pisanty > > > 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com > <mailto:hcarrascob@gmail.com>>: > > > Estimado Alejandro: > > Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión > sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen > la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder > revisarla en detalle? > > Muchas gracias de antemano. > > Un abrazo > El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió: > > Vanda, > > aquí hay un malentendido. > > En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como > el Board - a > personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y > organizaciones que > hacen las políticas que afectan a Internet. > > Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto > cuidadosamente y > concluimos que los académicos de instituciones públicas de > educación e > investigación generalmente no se encuentran en este caso. > > En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de > las cuales > tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación. > > Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos > - están > sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no > pueden ir en > contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están > representados en > ICANN a través del GAC. > > En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, > NPOC; NCSG, At > Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? > Independencia de > criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, > como las > políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta > claridad sin > dejar de reconocer que la realidad es compleja. > > Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las > posiciones de los > usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí. > > Alejandro Pisanty > > 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br > <mailto:vanda@uol.com.br>>: > > > Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que > tuvo en este > asunto. > > A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era > una persona del > gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad > directa con los > usuarios, simplesmente era una empleada pública. > > B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión > tiene una actividad > voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es > simplesmente una > empleada del gobierno. w > > Mis razones: > Si no logramos que una empleada del gobierno que no > represente la posición > de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en > el órgano de > gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo > de LACRALO , > como hacemos con los empleados de las universidades > públicas que están en > LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado > de la > Universidad de West Indias - una universidad publica) por > todos conocido, > porque no queremos perderlo por cierto y está super > involucrado con > LACRALO y así debe permanecer !!. > Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de > los usuarios, en > entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo > el facto de la > persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin > especial > titulo, pueda ser un impedimento. > > Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza > asuma la posición a > que fue considerada con todos los directos iguales a los > demás. > > Abrazos a todos > > Vanda Scartezini > Polo Consultores Associados > Av. Paulista 1159, cj 1004 > 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil > Land Line: +55 11 3266.6253 > Mobile: + 55 11 98181.1464 > > > > > > > > On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br > <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote: > > Creo que en ICANN hay claros locales adonde una > persona función de su > trabajo puede participar: como representante directo > del gobierno, como > representante de interés de un agente económico, sea > una entidad con fines > de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay > también espacio apra > los expertos de propiedad intelectual. No hay > discriminación si es una > agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad > intelectual. > Por otro lado hay At Large que tiene la intención de > agravar los que > buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de > internet. Para estes > hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con > foco en la defensa de > los interese de los usuarios, pero no si pretende que > sean gobiernos nin > que t=visen obtener lucro en su actividad. > Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una > agencia de gobierno > focada en propiedad intelectual no tiene foco en la > defensa de s\los > usuarios de internet. Yo personalmente ya fui > presidente de la agencia > brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que > en nada tenia en > cuenta los usuarios de internet y los colegas que la > están ahora tampoco > tienen foco en usuarios de internet. > Vanda Scartezini > Polo Consultores Associados > Av. Paulista 1159, cj 1004 > 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil > Land Line: +55 11 3266.6253 > Mobile: + 55 11 98181.1464 > > > > > > > > On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" > <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote: > > Estimado todos: En estos temas hay que manejarse > de modo pragmático y > también apegados a Derecho. > > 1. Muchos de los representantes en este y otros > grupos, son profesionales > a quienes el "voluntariado" en los mismos les > resulta un insumo > profesional y adicionalmente perciben pagos por su > trabajo aquí o en las > comisiones por los proyectos que realizan, ya sea > de modo directo > (proyectos, sueldo profesional, honorarios > profesionales, etc) o > indirecto (valor agregado a sus propias > profesiones). Por tanto el > "voluntariado" como tal no existe sino que > trabajan por que esa > experiencia en los grupos de trabajo y comisiones > les remunera > profesionalmente directa o indirectamente. El > interés por el usuario es > real pero secundario y tienen una dedicación casi > exclusiva a estos temas > pues es parte de su trabajo o profesión. > > 2. Otros somos voluntarios más directos y no > vivimos de esto ni directa > ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos > no aparece "voluntario > del ALS" y por tanto esta actividad no nos > remunera de ningún modo. El > interés por el usuario es primario aquí. En este > caso nuestra > participación a menudo no es todo lo intensa, > constante o profunda como > los primeros pues debemos, además del tiempo > dedicado al voluntariado, > trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos > agrega valor para lo > que hacemos profesionalmente. > > 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en > algún momento tuviera un > conflicto de intereses real o potencial esto > deberá ser analizado EN > DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si > este delegado continua o > no su rol para esa determinada situación. Para eso > está el suplente > igualmente. Es decir a nadie se le puede negar > participar por algo > potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno > de los miembros puede > tener un conflicto en determinado y específico > tema, lo declara y se > abstiene de participar o delega su participación y > es el hecho que > corresponde. > > 4. El argumento de que ser funcionario de una > institución PODRÍA > representar un conflicto es irrelevante para la > actuación de la delegada > de Perú. Si en algún momento se presenta un > conflicto se lo analizará Y > ELLOS tomarán la decisión que corresponda. > > Carlos Vera Quintana > 0988141143 > Sígueme @cveraq > > El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero > <fatimacambronero@gmail.com > <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió: > > > Sergio, > > He leído comentarios absurdos pero la verdad > que esto supera cualquiera > del > tipo. > Trabajar para el gobierno, seas empleado o > funcionario público, que el > gobierno te pague el sueldo todos los meses es > directamente un > conflicto de > interés cuando hay que defender los intereses > de los usuarios. Lo > quieras > justificar como lo quieras justificar. > Además en el caso de Martiza, trabaja para una > Agencia del gobierno que > se > dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un > ejemplo ficticio, que un > nombre de dominio X auspiciado por el gobierno > de Perú se convierta en > marca comercial, ¿a qué intereses te parece > que va a representar y > defender > INDECOPI? > En el caso de que un empleado del gobierno > (empleado o funcionario) > quiera > representar los intereses de los usuarios, es > un conflicto, acá y en > cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos > situaciones similares en LACRALO? > Sí. > ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas > ALS? Sí. Que no lo > quieran > hacer es otra cosa. > Además sería importante que leas > cuidadosamente mi mensaje. Mi > preocupación > está dirigida a asegurarles una debida > representación a AUI Perú, > porque sé > que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer > esa representación y mi > comentario fue dirigido a que busquen a otra > persona que no tenga > conflictos para asegurarse sus votos dentro de > LACRALO. Esa fue la > misma > conversación que tuve en privado con Maritza. > Por otro lado sería importante que te informes > correctamente antes de > realizar ataques contra mi persona, que además > no tienen nada que ver. > Yo > no soy empleada de la Universidad Nacional de > Córdoba ni del gobierno > de > Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del > gobierno de Argentina). > Yo > voy a dar clases a la Facultad de Derecho de > la UNC como Profesora > Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir > ningún sueldo, ni > remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago > porque me gusta la docencia > y > porque como lo hago en At-Large, es parte de > la decisión que he tomado > de > realizar trabajo voluntario por convicciones > personales. > Así que por favor, enfocate correctamente en > el tema que he planteado y > no > hagas como hacés siempre, de desviar la > atención sobre asuntos que no > tienen nada que ver con la sustancia que se > está conversando. > También sería bueno ver un poco más de > corporativismo al momento de > discutir statements y policies, eso sería más > productivo para LACRALO. > Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva > inexistente con la nueva > representación que han elegido. > Deseo profundamente que atacar para defenderse > no se convierta en regla > en > este hilo ni en LACRALO. > > Fatima Cambronero > > El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio > Salinas Porto < > presidencia@internauta.org.ar > <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> > escribió: > > > Estimada Fatima, lamento no estar de > acuerdo con vos. > Creo que ingresas en un equivoco grande > propio de un recién iniciado. > Una cosa es ser funcionario publico y otra > ser empleado publico. > Con el criterio que estas marcando muchos > de los/las compañeros de > LACRALO > deberian dejar se ser miembros, ya que por > lo que se, muchos se > desempeñan > como docentes de universidades publicas > (vos también no?), o son > empleados > de la justicia, o empleados de > reparticiones municipales o > provinciales. > Estudiantes de una universidad pública > (podria llegar a pender su nota > de > lo que vote en Lacralo?), etc. > El conflicto recide en si es funcionario > público con deciciones > gubernamentales o no. > No he visto ninguna manifestacion tuya, > incluso cuando te propusiste > para > ser ALAC Member, sobre tu conflicto de > interes cuando persibías > dinero del > gobierno nacional (que es de donde > provienen los fondos de educación > en > argentina) siendo docente de la > universidad nacional de córdoba. > Para que quede claro y no se mal > intemplete: Yo creo que no hay ningun > conflicto de interes en lo que respecta a > vos ni en lo que respecta a > Maritza. > Abrazo querida fatima! > El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima > Cambronero" < > fatimacambronero@gmail.com > <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> > escribió: > > > Johnny, todas/os, > > > > En primer lugar quisiera disculparme > por la demora en responder este > hilo > de correos. Estuve de viaje y con > dificultades para seguir todas las > conversaciones. > > > > Luego me gustaría hacer dos > comentarios respecto de este asunto. > > > > La posibilidad de designar dos > contactos por cada ALS (uno primario > con > derecho a voto y un contacto > secundario sin derecho a voto) se > encuentra > vigente desde los comienzos mismos de > LACRALO. Pueden revisar > nuestros > Principios Operativos vigentes aquí, > en el #4: > > > > https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ > Principios%25 > > 2 > 0Operativos%2520de%2520la% > 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v > e > rsion=1&modificationDate= > 1283972736000&api=v2 > > > Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f > > > > En segundo lugar, respecto de la > solicitud que estás realizando > Johnny, de > designar a Maritza Agüero Miñano como > contacto secundario (eso dices > en el > primer párrafo de tu correo) o como > contacto primario con derecho a > voto > (eso dices en el segundo párrafo de tu > correo) de AUI Perú, quisiera > manifestar una preocupación al > respecto. Antes de eso, me gustaría > aclarar > que he tenido una conversación en > privado con Maritza sobre este > tema, a > quién conozco personalmente del > Fellowship Program de ICANN y del > curso de > ISOC de Next Generation Leaders del > cual soy su Experta Moderadora, > respecto de quien no tengo ningún > conflicto personal y con quien me > une > incluso una amistad. > > > > Martiza trabaja para el INDECOPI, > Instituto Nacional de Defensa de la > Competencia y de la Protección de la > Propiedad Intelectual, que es la > Agencia del gobierno peruano encargada > de la Propiedad Intelectual. > Enlace > a su sitio web: > http://www.indecopi.gob.pe/ > > > > Aunque el INDECOPI se ocupe de la > defensa de los derechos de los > consumidores (por favor, corríjanme si > me equivoco), es finalmente > una > agencia del gobierno. El gobierno > peruano es quien paga todos los > meses su > sueldo. > > > > Mi preocupación es por lo tanto, que > siendo el contacto primario de > AUI > Perú con derecho a voto una persona > que es empleada del gobierno de > Perú, > en el caso de presentarse un conflicto > entre los intereses de los > usuarios > de Internet (regionales, aunque > principalmente locales) y el gobierno > peruano, se estaría poniendo a Maritza > en una situación de conflicto > de > intereses, y debería apartarse de > representar a los usuarios de > Internet > de > Perú y abstenerse de votar como > delegada de su ALS. En ese caso, > estaríamos > volviendo inexistente la > representación de dicha ALS. En mi > opinión, > se > podría participar de las discusiones > como contacto secundario, pero > al > momento del voto, siendo contacto > primario, se deberían abstener > perdiendo > el derecho que le asiste a toda ALS > acreditada. > > > > Por lo tanto, me gustaría solicitarle > a Johnny a Maritza la > posibilidad de > revisar esta modificación del contacto > primario con derecho a voto de > AUI > Perú para lograr que su participación > sea realmente efectiva dentro > de > LACRALO y de At-Large en general, en > representación de los intereses > de > los > usuarios finales de Internet. > > > > Quedo a su disposición para colaborar > con ustedes en lo que esté > dentro de > mis posibilidades. > > > > Saludos cordiales, > > Fatima Cambronero > > > > El 2 de septiembre de 2014, 11:37, > Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe > <mailto:jlaureano@aui.pe> > > escribió: > > Estimado Alberto, > > En principio para felicitar esta > iniciativa, me parece muy > saludable > que > las ALS deleguen o acrediten a un > segundo representante. En este > > sentido, > > presentamos a la Srta. Abogada > Maritza Agüero Miñano como segunda > representante de AUI PERU, para > los efectos de representación ante > > LACRALO > > e ICANN. > > En este mismo sentido, en mi > condición de Presidente y Titular > > acreditado > > de AUI PERU, mediante el presente > solicito se le otorgue las > credenciales de votación en > representación de nuestra > organización > en LACRALO. > > Agradezco la atención al presente. > > Atentamente, > > Johnny Laureano > Pdte. AUI PERU > > > > > El 1 de septiembre de 2014, 14:20, > Alberto Soto > <alberto@soto.net.ar > <mailto:alberto@soto.net.ar>> > > escribió: > > Estimados, según nuestras > normas cada ALS puede tener > dos > > representantes. > > Uno de ellos es quien es > designado por la misma y > autorizado a > votar, > > y > > es > > a > quien se le envían las > credenciales correspondientes. > > Pero en algunas > organizaciones, por varias > razones el titular puede > no > estar > disponible en algunos momentos > y desea que el otro > representante > > tenga la > > información necesaria. > > Es por ello que las ALSs que > lo deseen, pueden enviarme el > nombre y > > correo > > del segundo representante para > agregarlos en las listas de > mails de > LACRALO. > > Siempre permanecerá para la > votación el designado > oportunamente, > hasta > > que > > la ALS informe oficialmente un > cambio. > > > > Saludos cordiales > > > > Alberto Soto > > > > ______________________________ > _________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists. > icann.org > <mailto:lac-discuss-es@ > atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann. > org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > ______________________________ > _________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists. > icann.org > <mailto:lac-discuss-es@ > atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann. > org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > > > -- > *Fatima Cambronero* > Abogada-Argentina > > Phone: +54 9351 5282 668 > Twitter: @facambronero > Skype: fatima.cambronero > ______________________________ > _________________ > lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > <mailto:lac-discuss-es@ > atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann. > org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > > -- > *Fatima Cambronero* > Abogada-Argentina > > Phone: +54 9351 5282 668 > Twitter: @facambronero > Skype: fatima.cambronero > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > > <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann. > org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann. > org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac- > discuss-es > > http://www.lacralo.org > > > > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > > > > > -- > - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - > Dr. Alejandro Pisanty > Facultad de Química UNAM > Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico > +52-1-5541444475 FROM ABROAD > +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 > Blog: http://pisanty.blogspot.com > LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty > Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ > 22285/4A106C0C8614 > Twitter: http://twitter.com/apisanty > ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org > . . . . . . . . . . . . . . . .
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Estimado Alejandro y Fátima, Como indiqué en un correo anterior, mi labor al interior del Indecopi es técnica y no ser la representante oficial o vocera del gobierno. En cuanto al primer fellow al cual se hace referencia, los que hemos postulado alguna vez a un Icann fellowship sabemos que al completar el formulario existe un campo que dice trabajo actual. En mi caso, yo puse que trabajo en el Indecopi más nunca me he atribuido ser la representante del gobierno ni tener influencia sobre el mismo. En cuanto a lo afirmado por Fátima en el sentido que me iba a una reunión del GAC, en un Icann meeting todos podemos entrar libremente a las reuniones presenciales abiertas y como fellow entré las son de mi interés académico, cumpliendo con las actividades propias de todo fellow. En cuanto a lo manifestado por Alejandro con relación a la naturaleza de mi cargo dentro del Indecopi y respecto a mis actividades como fellow, cabe indicarte que no he recibido ningún tipo de retribución (monetaria y/o ascenso) sobre dicha participación. Espero que estos puntos queden aclarados en favor de mejorar el ambiente de discusión dentro de los temas de importancia de Lacralo. Para cualquier consulta adicional, agradeceré que en lo sucesivo sea el Grupo / Comité / Presidencia / Secretaría quien me pida las explicaciones del caso y ante éstos gentilmente responderé. Saludos, Maritza El 14 de septiembre de 2014, 13:20, León Felipe Sánchez Ambía < leonfelipe@sanchez.mx> escribió:
+1 Fátima. Me parece que lo has puesto muy claro.
Enviado desde mi iPhone
El 14/09/2014, a las 12:47, Carlos Vera Quintana <cveraq@gmail.com> escribió:
Esto que dice Fátima me hace sentido.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 14/09/2014, a las 12:22, Fatima Cambronero < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Estimadas/os,
Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo.
Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno ( https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en ).
Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones.
Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large.
Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
Fatima Cambronero
El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com > escribió:
> Estimado Alejandro, > > Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate. > > Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del > inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués: > > *Español:* > > https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV > > *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS > DIRECTORES) > * > > 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente > documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un > gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por > tratado o > por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el > presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una > persona > (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada > de > tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal > gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas > gubernamentales o > públicas. > > *Portugués:* > > https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI > > *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS* > > 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de > uma > entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado > ou > outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como > usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que > mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da > entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é > desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais. > > Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de > dilucidar este punto con mayor seguridad: > > 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo > señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo > tanto, es > discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, > las > normas que establecen requisitos, "deben interpretarse > restrictivamente" y > por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme > con lo > estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: > "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con > intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. > Todos > los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser > miembros > de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse > como > ALS." > > 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un > "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con > ello me > refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen > los > requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos > criterios, los que son: > (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o > (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya > _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o > influenciar *_políticas gubernamentales o públicas. > > Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces > centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación. > > a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad > gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. > b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es > desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales. > > Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple > en > INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es > quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se > cumpliría > el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD. > > *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma > citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de > LACRALO. > Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general > aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que > determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.* > > Un abrazo a todos > > > > > > El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió: > >> Humberto, >> >> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en >> https://www.icann.org/ >> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI >> >> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS* >> >> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of >> a national government or a multinational entity established by >> treaty or other agreement between national governments may serve >> as a Director. As used herein, the term "official" means a person >> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is >> employed by such government or multinational entity and whose >> primary function with such government or entity is to develop or >> influence governmental or public policies. >> >> >> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del >> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, >> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no >> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de >> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del >> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en >> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo >> artículo. >> >> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con >> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. >> Además de la letra de la ley están los principios que representa >> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los >> abogados). >> >> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un >> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos >> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications >> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de >> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya >> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que >> regularmente pagan sus cuentas. >> >> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio >> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de >> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año >> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la >> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión >> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. >> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin. >> >> Alejandro Pisanty >> >> >> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com >> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>: >> >> >> Estimado Alejandro: >> >> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión >> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen >> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder >> revisarla en detalle? >> >> Muchas gracias de antemano. >> >> Un abrazo >> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió: >> >> Vanda, >> >> aquí hay un malentendido. >> >> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como >> el Board - a >> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y >> organizaciones que >> hacen las políticas que afectan a Internet. >> >> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto >> cuidadosamente y >> concluimos que los académicos de instituciones públicas de >> educación e >> investigación generalmente no se encuentran en este caso. >> >> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de >> las cuales >> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación. >> >> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos >> - están >> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no >> pueden ir en >> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están >> representados en >> ICANN a través del GAC. >> >> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, >> NPOC; NCSG, At >> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? >> Independencia de >> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, >> como las >> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta >> claridad sin >> dejar de reconocer que la realidad es compleja. >> >> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las >> posiciones de los >> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí. >> >> Alejandro Pisanty >> >> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini < vanda@uol.com.br >> <mailto:vanda@uol.com.br>>: >> >> >> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que >> tuvo en este >> asunto. >> >> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era >> una persona del >> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad >> directa con los >> usuarios, simplesmente era una empleada pública. >> >> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión >> tiene una actividad >> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es >> simplesmente una >> empleada del gobierno. w >> >> Mis razones: >> Si no logramos que una empleada del gobierno que no >> represente la posición >> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en >> el órgano de >> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo >> de LACRALO , >> como hacemos con los empleados de las universidades >> públicas que están en >> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado >> de la >> Universidad de West Indias - una universidad publica) por >> todos conocido, >> porque no queremos perderlo por cierto y está super >> involucrado con >> LACRALO y así debe permanecer !!. >> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de >> los usuarios, en >> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo >> el facto de la >> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin >> especial >> titulo, pueda ser un impedimento. >> >> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza >> asuma la posición a >> que fue considerada con todos los directos iguales a los >> demás. >> >> Abrazos a todos >> >> Vanda Scartezini >> Polo Consultores Associados >> Av. Paulista 1159, cj 1004 >> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil >> Land Line: +55 11 3266.6253 >> Mobile: + 55 11 98181.1464 >> >> >> >> >> >> >> >> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br >> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote: >> >> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una >> persona función de su >> trabajo puede participar: como representante directo >> del gobierno, como >> representante de interés de un agente económico, sea >> una entidad con fines >> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay >> también espacio apra >> los expertos de propiedad intelectual. No hay >> discriminación si es una >> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad >> intelectual. >> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de >> agravar los que >> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de >> internet. Para estes >> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con >> foco en la defensa de >> los interese de los usuarios, pero no si pretende que >> sean gobiernos nin >> que t=visen obtener lucro en su actividad. >> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una >> agencia de gobierno >> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la >> defensa de s\los >> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui >> presidente de la agencia >> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que >> en nada tenia en >> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la >> están ahora tampoco >> tienen foco en usuarios de internet. >> Vanda Scartezini >> Polo Consultores Associados >> Av. Paulista 1159, cj 1004 >> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil >> Land Line: +55 11 3266.6253 >> Mobile: + 55 11 98181.1464 >> >> >> >> >> >> >> >> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" >> <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote: >> >> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse >> de modo pragmático y >> también apegados a Derecho. >> >> 1. Muchos de los representantes en este y otros >> grupos, son profesionales >> a quienes el "voluntariado" en los mismos les >> resulta un insumo >> profesional y adicionalmente perciben pagos por su >> trabajo aquí o en las >> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea >> de modo directo >> (proyectos, sueldo profesional, honorarios >> profesionales, etc) o >> indirecto (valor agregado a sus propias >> profesiones). Por tanto el >> "voluntariado" como tal no existe sino que >> trabajan por que esa >> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones >> les remunera >> profesionalmente directa o indirectamente. El >> interés por el usuario es >> real pero secundario y tienen una dedicación casi >> exclusiva a estos temas >> pues es parte de su trabajo o profesión. >> >> 2. Otros somos voluntarios más directos y no >> vivimos de esto ni directa >> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos >> no aparece "voluntario >> del ALS" y por tanto esta actividad no nos >> remunera de ningún modo. El >> interés por el usuario es primario aquí. En este >> caso nuestra >> participación a menudo no es todo lo intensa, >> constante o profunda como >> los primeros pues debemos, además del tiempo >> dedicado al voluntariado, >> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos >> agrega valor para lo >> que hacemos profesionalmente. >> >> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en >> algún momento tuviera un >> conflicto de intereses real o potencial esto >> deberá ser analizado EN >> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si >> este delegado continua o >> no su rol para esa determinada situación. Para eso >> está el suplente >> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar >> participar por algo >> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno >> de los miembros puede >> tener un conflicto en determinado y específico >> tema, lo declara y se >> abstiene de participar o delega su participación y >> es el hecho que >> corresponde. >> >> 4. El argumento de que ser funcionario de una >> institución PODRÍA >> representar un conflicto es irrelevante para la >> actuación de la delegada >> de Perú. Si en algún momento se presenta un >> conflicto se lo analizará Y >> ELLOS tomarán la decisión que corresponda. >> >> Carlos Vera Quintana >> 0988141143 >> Sígueme @cveraq >> >> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero >> <fatimacambronero@gmail.com >> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió: >> >> >> Sergio, >> >> He leído comentarios absurdos pero la verdad >> que esto supera cualquiera >> del >> tipo. >> Trabajar para el gobierno, seas empleado o >> funcionario público, que el >> gobierno te pague el sueldo todos los meses es >> directamente un >> conflicto de >> interés cuando hay que defender los intereses >> de los usuarios. Lo >> quieras >> justificar como lo quieras justificar. >> Además en el caso de Martiza, trabaja para una >> Agencia del gobierno que >> se >> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un >> ejemplo ficticio, que un >> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno >> de Perú se convierta en >> marca comercial, ¿a qué intereses te parece >> que va a representar y >> defender >> INDECOPI? >> En el caso de que un empleado del gobierno >> (empleado o funcionario) >> quiera >> representar los intereses de los usuarios, es >> un conflicto, acá y en >> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos >> situaciones similares en LACRALO? >> Sí. >> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas >> ALS? Sí. Que no lo >> quieran >> hacer es otra cosa. >> Además sería importante que leas >> cuidadosamente mi mensaje. Mi >> preocupación >> está dirigida a asegurarles una debida >> representación a AUI Perú, >> porque sé >> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer >> esa representación y mi >> comentario fue dirigido a que busquen a otra >> persona que no tenga >> conflictos para asegurarse sus votos dentro de >> LACRALO. Esa fue la >> misma >> conversación que tuve en privado con Maritza. >> Por otro lado sería importante que te informes >> correctamente antes de >> realizar ataques contra mi persona, que además >> no tienen nada que ver. >> Yo >> no soy empleada de la Universidad Nacional de >> Córdoba ni del gobierno >> de >> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del >> gobierno de Argentina). >> Yo >> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de >> la UNC como Profesora >> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir >> ningún sueldo, ni >> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago >> porque me gusta la docencia >> y >> porque como lo hago en At-Large, es parte de >> la decisión que he tomado >> de >> realizar trabajo voluntario por convicciones >> personales. >> Así que por favor, enfocate correctamente en >> el tema que he planteado y >> no >> hagas como hacés siempre, de desviar la >> atención sobre asuntos que no >> tienen nada que ver con la sustancia que se >> está conversando. >> También sería bueno ver un poco más de >> corporativismo al momento de >> discutir statements y policies, eso sería más >> productivo para LACRALO. >> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva >> inexistente con la nueva >> representación que han elegido. >> Deseo profundamente que atacar para defenderse >> no se convierta en regla >> en >> este hilo ni en LACRALO. >> >> Fatima Cambronero >> >> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio >> Salinas Porto < >> presidencia@internauta.org.ar >> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> >> escribió: >> >> >> Estimada Fatima, lamento no estar de >> acuerdo con vos. >> Creo que ingresas en un equivoco grande >> propio de un recién iniciado. >> Una cosa es ser funcionario publico y otra >> ser empleado publico. >> Con el criterio que estas marcando muchos >> de los/las compañeros de >> LACRALO >> deberian dejar se ser miembros, ya que por >> lo que se, muchos se >> desempeñan >> como docentes de universidades publicas >> (vos también no?), o son >> empleados >> de la justicia, o empleados de >> reparticiones municipales o >> provinciales. >> Estudiantes de una universidad pública >> (podria llegar a pender su nota >> de >> lo que vote en Lacralo?), etc. >> El conflicto recide en si es funcionario >> público con deciciones >> gubernamentales o no. >> No he visto ninguna manifestacion tuya, >> incluso cuando te propusiste >> para >> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de >> interes cuando persibías >> dinero del >> gobierno nacional (que es de donde >> provienen los fondos de educación >> en >> argentina) siendo docente de la >> universidad nacional de córdoba. >> Para que quede claro y no se mal >> intemplete: Yo creo que no hay ningun >> conflicto de interes en lo que respecta a >> vos ni en lo que respecta a >> Maritza. >> Abrazo querida fatima! >> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima >> Cambronero" < >> fatimacambronero@gmail.com >> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> >> escribió: >> >> >> Johnny, todas/os, >> >> >> >> En primer lugar quisiera disculparme >> por la demora en responder este >> hilo >> de correos. Estuve de viaje y con >> dificultades para seguir todas las >> conversaciones. >> >> >> >> Luego me gustaría hacer dos >> comentarios respecto de este asunto. >> >> >> >> La posibilidad de designar dos >> contactos por cada ALS (uno primario >> con >> derecho a voto y un contacto >> secundario sin derecho a voto) se >> encuentra >> vigente desde los comienzos mismos de >> LACRALO. Pueden revisar >> nuestros >> Principios Operativos vigentes aquí, >> en el #4: >> >> >> >> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ >> Principios%25 >> >> 2 >> 0Operativos%2520de%2520la% >> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v >> e >> rsion=1&modificationDate= >> 1283972736000&api=v2 >> >> >> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f >> >> >> >> En segundo lugar, respecto de la >> solicitud que estás realizando >> Johnny, de >> designar a Maritza Agüero Miñano como >> contacto secundario (eso dices >> en el >> primer párrafo de tu correo) o como >> contacto primario con derecho a >> voto >> (eso dices en el segundo párrafo de tu >> correo) de AUI Perú, quisiera >> manifestar una preocupación al >> respecto. Antes de eso, me gustaría >> aclarar >> que he tenido una conversación en >> privado con Maritza sobre este >> tema, a >> quién conozco personalmente del >> Fellowship Program de ICANN y del >> curso de >> ISOC de Next Generation Leaders del >> cual soy su Experta Moderadora, >> respecto de quien no tengo ningún >> conflicto personal y con quien me >> une >> incluso una amistad. >> >> >> >> Martiza trabaja para el INDECOPI, >> Instituto Nacional de Defensa de la >> Competencia y de la Protección de la >> Propiedad Intelectual, que es la >> Agencia del gobierno peruano encargada >> de la Propiedad Intelectual. >> Enlace >> a su sitio web: >> http://www.indecopi.gob.pe/ >> >> >> >> Aunque el INDECOPI se ocupe de la >> defensa de los derechos de los >> consumidores (por favor, corríjanme si >> me equivoco), es finalmente >> una >> agencia del gobierno. El gobierno >> peruano es quien paga todos los >> meses su >> sueldo. >> >> >> >> Mi preocupación es por lo tanto, que >> siendo el contacto primario de >> AUI >> Perú con derecho a voto una persona >> que es empleada del gobierno de >> Perú, >> en el caso de presentarse un conflicto >> entre los intereses de los >> usuarios >> de Internet (regionales, aunque >> principalmente locales) y el gobierno >> peruano, se estaría poniendo a Maritza >> en una situación de conflicto >> de >> intereses, y debería apartarse de >> representar a los usuarios de >> Internet >> de >> Perú y abstenerse de votar como >> delegada de su ALS. En ese caso, >> estaríamos >> volviendo inexistente la >> representación de dicha ALS. En mi >> opinión, >> se >> podría participar de las discusiones >> como contacto secundario, pero >> al >> momento del voto, siendo contacto >> primario, se deberían abstener >> perdiendo >> el derecho que le asiste a toda ALS >> acreditada. >> >> >> >> Por lo tanto, me gustaría solicitarle >> a Johnny a Maritza la >> posibilidad de >> revisar esta modificación del contacto >> primario con derecho a voto de >> AUI >> Perú para lograr que su participación >> sea realmente efectiva dentro >> de >> LACRALO y de At-Large en general, en >> representación de los intereses >> de >> los >> usuarios finales de Internet. >> >> >> >> Quedo a su disposición para colaborar >> con ustedes en lo que esté >> dentro de >> mis posibilidades. >> >> >> >> Saludos cordiales, >> >> Fatima Cambronero >> >> >> >> El 2 de septiembre de 2014, 11:37, >> Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe >> <mailto:jlaureano@aui.pe> >> >> escribió: >> >> Estimado Alberto, >> >> En principio para felicitar esta >> iniciativa, me parece muy >> saludable >> que >> las ALS deleguen o acrediten a un >> segundo representante. En este >> >> sentido, >> >> presentamos a la Srta. Abogada >> Maritza Agüero Miñano como segunda >> representante de AUI PERU, para >> los efectos de representación ante >> >> LACRALO >> >> e ICANN. >> >> En este mismo sentido, en mi >> condición de Presidente y Titular >> >> acreditado >> >> de AUI PERU, mediante el presente >> solicito se le otorgue las >> credenciales de votación en >> representación de nuestra >> organización >> en LACRALO. >> >> Agradezco la atención al presente. >> >> Atentamente, >> >> Johnny Laureano >> Pdte. AUI PERU >> >> >> >> >> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, >> Alberto Soto >> <alberto@soto.net.ar >> <mailto:alberto@soto.net.ar>> >> >> escribió: >> >> Estimados, según nuestras >> normas cada ALS puede tener >> dos >> >> representantes. >> >> Uno de ellos es quien es >> designado por la misma y >> autorizado a >> votar, >> >> y >> >> es >> >> a >> quien se le envían las >> credenciales correspondientes. >> >> Pero en algunas >> organizaciones, por varias >> razones el titular puede >> no >> estar >> disponible en algunos momentos >> y desea que el otro >> representante >> >> tenga la >> >> información necesaria. >> >> Es por ello que las ALSs que >> lo deseen, pueden enviarme el >> nombre y >> >> correo >> >> del segundo representante para >> agregarlos en las listas de >> mails de >> LACRALO. >> >> Siempre permanecerá para la >> votación el designado >> oportunamente, >> hasta >> >> que >> >> la ALS informe oficialmente un >> cambio. >> >> >> >> Saludos cordiales >> >> >> >> Alberto Soto >> >> >> >>
>> _________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists. >> icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@ >> atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann. >> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> ______________________________ >> _________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists. >> icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@ >> atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann. >> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> >> >> -- >> *Fatima Cambronero* >> Abogada-Argentina >> >> Phone: +54 9351 5282 668 >> Twitter: @facambronero >> Skype: fatima.cambronero >> ______________________________ >> _________________ >> lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@ >> atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann. >> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> >> -- >> *Fatima Cambronero* >> Abogada-Argentina >> >> Phone: +54 9351 5282 668 >> Twitter: @facambronero >> Skype: fatima.cambronero >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> >> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann. >> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann. >> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac- >> discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> >> >> >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> <mailto:lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org> >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org >> >> >> >> >> -- >> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - >> Dr. Alejandro Pisanty >> Facultad de Química UNAM >> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico >> +52-1-5541444475 FROM ABROAD >> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 >> Blog: http://pisanty.blogspot.com >> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty >> Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ >> 22285/4A106C0C8614 >> Twitter: http://twitter.com/apisanty >> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org >> . . . . . . . . . . . . . . . . > > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org
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Maritza, el último párrafo de tu comunicación es lamentable porque interrumpe lo que podría ser un buen ejercicio para comprender los alcances de nuestras tareas. En cuanto tengamos un Comité de Conflicto o uno de Ética serás la primera clienta. Es penoso que te rehúses a la transparencia. Además lo que pudo ser un análisis de naturaleza general termina centrándose en una persona, mala cosa para una discusión pública. En los párrafos anteriores mi pregunta muy sencilla queda sin respuesta. El resto de la documentación disponible indica que dentro del gobierno contribuyes a orientar la posición del mismo en materia de nombres de dominio. Dada tu propuesta de no comunicarte entre pares, como lo sugieren los modelos horizontales con los que aspiramos a operar, ésta tendrá que ser la última palabra al respecto. El resto es casuística y habrá que esperar a las instancias particulares, como ya se ha señalado aquí también. Alejandro Pisanty 2014-09-14 17:37 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimado Alejandro y Fátima,
Como indiqué en un correo anterior, mi labor al interior del Indecopi es técnica y no ser la representante oficial o vocera del gobierno.
En cuanto al primer fellow al cual se hace referencia, los que hemos postulado alguna vez a un Icann fellowship sabemos que al completar el formulario existe un campo que dice trabajo actual. En mi caso, yo puse que trabajo en el Indecopi más nunca me he atribuido ser la representante del gobierno ni tener influencia sobre el mismo.
En cuanto a lo afirmado por Fátima en el sentido que me iba a una reunión del GAC, en un Icann meeting todos podemos entrar libremente a las reuniones presenciales abiertas y como fellow entré las son de mi interés académico, cumpliendo con las actividades propias de todo fellow.
En cuanto a lo manifestado por Alejandro con relación a la naturaleza de mi cargo dentro del Indecopi y respecto a mis actividades como fellow, cabe indicarte que no he recibido ningún tipo de retribución (monetaria y/o ascenso) sobre dicha participación.
Espero que estos puntos queden aclarados en favor de mejorar el ambiente de discusión dentro de los temas de importancia de Lacralo.
Para cualquier consulta adicional, agradeceré que en lo sucesivo sea el Grupo / Comité / Presidencia / Secretaría quien me pida las explicaciones del caso y ante éstos gentilmente responderé.
Saludos,
Maritza
El 14 de septiembre de 2014, 13:20, León Felipe Sánchez Ambía < leonfelipe@sanchez.mx> escribió:
+1 Fátima. Me parece que lo has puesto muy claro.
Enviado desde mi iPhone
El 14/09/2014, a las 12:47, Carlos Vera Quintana <cveraq@gmail.com> escribió:
Esto que dice Fátima me hace sentido.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 14/09/2014, a las 12:22, Fatima Cambronero < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Estimadas/os,
Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo.
Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno (
https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en ).
Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que
iba a
esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones.
Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large.
Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
Fatima Cambronero
El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini < vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
> Estimad@s tod@s, > > > Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me > impidió hacerlo antes. > > > Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de > intereses > deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno > desempeña > al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo > hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para > representar a los usuarios, sería introducir una variable > discriminatoria a > favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales > de un > Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar > limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía > que > ninguna ley en el mundo prohíbe. > > > Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno > que > tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros > organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y > 3 > Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y > Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son > independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se > entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, > 2. > Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. > Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad > Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. > Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la > Calidad). > Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a > nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad > técnica de > sus pronunciamientos. > > > En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien > trabajo > para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es > técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. > No > soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así > que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son > firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 > Vocales) > que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo > a > mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el > sentido de un pronunciamiento. > > > Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se > encargan > de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto > Amazon > fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la > promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra > entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una > Comisión > y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con > otras > áreas, etc). > > > He revisado con detenimiento el bylaws > https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI > (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente: > > > a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el > del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado > oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y > esos > nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder > Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación > en > el Diario Oficial ³El Peruano². > > > b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es > decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar > en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he > explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del > gobierno. > > > Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de > asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, > entonces se > iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque > también > soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico > las > leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y > leyes > específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en > las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, > porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de > trabajadora del gobierno. > > > Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de > asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin > perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo > que > las autoridades de LACRALO determinen. > > > Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en > discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que > Johnny > tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio > Salinas, > Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás. > > > Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o > comentario adicional. > > > Maritza Agüero > > El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco > <hcarrascob@gmail.com >> escribió: > >> Estimado Alejandro, >> >> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate. >> >> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del >> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués: >> >> *Español:* >> >> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV >> >> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS >> DIRECTORES) >> * >> >> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente >> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un >> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por >> tratado o >> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el >> presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una >> persona >> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada >> de >> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal >> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas >> gubernamentales o >> públicas. >> >> *Portugués:* >> >> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI >> >> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS* >> >> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de >> uma >> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado >> ou >> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como >> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que >> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da >> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é >> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais. >> >> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de >> dilucidar este punto con mayor seguridad: >> >> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo >> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo >> tanto, es >> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, >> las >> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse >> restrictivamente" y >> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme >> con lo >> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: >> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con >> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. >> Todos >> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser >> miembros >> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse >> como >> ALS." >> >> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un >> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con >> ello me >> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen >> los >> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos >> criterios, los que son: >> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o >> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya >> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o >> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas. >> >> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces >> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación. >> >> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad >> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. >> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es >> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales. >> >> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple >> en >> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es >> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se >> cumpliría >> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD. >> >> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma >> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de >> LACRALO. >> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general >> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que >> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.* >> >> Un abrazo a todos >> >> >> >> >> >> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió: >> >>> Humberto, >>> >>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en >>> https://www.icann.org/ >>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI >>> >>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS* >>> >>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of >>> a national government or a multinational entity established by >>> treaty or other agreement between national governments may serve >>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person >>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is >>> employed by such government or multinational entity and whose >>> primary function with such government or entity is to develop or >>> influence governmental or public policies. >>> >>> >>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del >>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, >>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no >>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de >>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del >>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en >>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo >>> artículo. >>> >>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con >>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. >>> Además de la letra de la ley están los principios que representa >>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los >>> abogados). >>> >>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un >>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos >>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications >>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de >>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya >>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que >>> regularmente pagan sus cuentas. >>> >>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio >>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de >>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año >>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la >>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión >>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. >>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin. >>> >>> Alejandro Pisanty >>> >>> >>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco < hcarrascob@gmail.com >>> <mailto:hcarrascob@gmail.com>>: >>> >>> >>> Estimado Alejandro: >>> >>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión >>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen >>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder >>> revisarla en detalle? >>> >>> Muchas gracias de antemano. >>> >>> Un abrazo >>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió: >>> >>> Vanda, >>> >>> aquí hay un malentendido. >>> >>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como >>> el Board - a >>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y >>> organizaciones que >>> hacen las políticas que afectan a Internet. >>> >>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto >>> cuidadosamente y >>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de >>> educación e >>> investigación generalmente no se encuentran en este caso. >>> >>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de >>> las cuales >>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación. >>> >>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos >>> - están >>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no >>> pueden ir en >>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están >>> representados en >>> ICANN a través del GAC. >>> >>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, >>> NPOC; NCSG, At >>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? >>> Independencia de >>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, >>> como las >>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta >>> claridad sin >>> dejar de reconocer que la realidad es compleja. >>> >>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las >>> posiciones de los >>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí. >>> >>> Alejandro Pisanty >>> >>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini < vanda@uol.com.br >>> <mailto:vanda@uol.com.br>>: >>> >>> >>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que >>> tuvo en este >>> asunto. >>> >>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era >>> una persona del >>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad >>> directa con los >>> usuarios, simplesmente era una empleada pública. >>> >>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión >>> tiene una actividad >>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es >>> simplesmente una >>> empleada del gobierno. w >>> >>> Mis razones: >>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no >>> represente la posición >>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en >>> el órgano de >>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo >>> de LACRALO , >>> como hacemos con los empleados de las universidades >>> públicas que están en >>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado >>> de la >>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por >>> todos conocido, >>> porque no queremos perderlo por cierto y está super >>> involucrado con >>> LACRALO y así debe permanecer !!. >>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de >>> los usuarios, en >>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo >>> el facto de la >>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin >>> especial >>> titulo, pueda ser un impedimento. >>> >>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza >>> asuma la posición a >>> que fue considerada con todos los directos iguales a los >>> demás. >>> >>> Abrazos a todos >>> >>> Vanda Scartezini >>> Polo Consultores Associados >>> Av. Paulista 1159, cj 1004 >>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil >>> Land Line: +55 11 3266.6253 >>> Mobile: + 55 11 98181.1464 >>> >>> >>> >>> >>> >>> >>> >>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" < vanda@uol.com.br >>> <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote: >>> >>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una >>> persona función de su >>> trabajo puede participar: como representante directo >>> del gobierno, como >>> representante de interés de un agente económico, sea >>> una entidad con fines >>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay >>> también espacio apra >>> los expertos de propiedad intelectual. No hay >>> discriminación si es una >>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad >>> intelectual. >>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de >>> agravar los que >>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de >>> internet. Para estes >>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con >>> foco en la defensa de >>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que >>> sean gobiernos nin >>> que t=visen obtener lucro en su actividad. >>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una >>> agencia de gobierno >>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la >>> defensa de s\los >>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui >>> presidente de la agencia >>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que >>> en nada tenia en >>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la >>> están ahora tampoco >>> tienen foco en usuarios de internet. >>> Vanda Scartezini >>> Polo Consultores Associados >>> Av. Paulista 1159, cj 1004 >>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil >>> Land Line: +55 11 3266.6253 >>> Mobile: + 55 11 98181.1464 >>> >>> >>> >>> >>> >>> >>> >>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" >>> <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote: >>> >>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse >>> de modo pragmático y >>> también apegados a Derecho. >>> >>> 1. Muchos de los representantes en este y otros >>> grupos, son profesionales >>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les >>> resulta un insumo >>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su >>> trabajo aquí o en las >>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea >>> de modo directo >>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios >>> profesionales, etc) o >>> indirecto (valor agregado a sus propias >>> profesiones). Por tanto el >>> "voluntariado" como tal no existe sino que >>> trabajan por que esa >>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones >>> les remunera >>> profesionalmente directa o indirectamente. El >>> interés por el usuario es >>> real pero secundario y tienen una dedicación casi >>> exclusiva a estos temas >>> pues es parte de su trabajo o profesión. >>> >>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no >>> vivimos de esto ni directa >>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos >>> no aparece "voluntario >>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos >>> remunera de ningún modo. El >>> interés por el usuario es primario aquí. En este >>> caso nuestra >>> participación a menudo no es todo lo intensa, >>> constante o profunda como >>> los primeros pues debemos, además del tiempo >>> dedicado al voluntariado, >>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos >>> agrega valor para lo >>> que hacemos profesionalmente. >>> >>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en >>> algún momento tuviera un >>> conflicto de intereses real o potencial esto >>> deberá ser analizado EN >>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si >>> este delegado continua o >>> no su rol para esa determinada situación. Para eso >>> está el suplente >>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar >>> participar por algo >>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno >>> de los miembros puede >>> tener un conflicto en determinado y específico >>> tema, lo declara y se >>> abstiene de participar o delega su participación y >>> es el hecho que >>> corresponde. >>> >>> 4. El argumento de que ser funcionario de una >>> institución PODRÍA >>> representar un conflicto es irrelevante para la >>> actuación de la delegada >>> de Perú. Si en algún momento se presenta un >>> conflicto se lo analizará Y >>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda. >>> >>> Carlos Vera Quintana >>> 0988141143 >>> Sígueme @cveraq >>> >>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero >>> <fatimacambronero@gmail.com >>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió: >>> >>> >>> Sergio, >>> >>> He leído comentarios absurdos pero la verdad >>> que esto supera cualquiera >>> del >>> tipo. >>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o >>> funcionario público, que el >>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es >>> directamente un >>> conflicto de >>> interés cuando hay que defender los intereses >>> de los usuarios. Lo >>> quieras >>> justificar como lo quieras justificar. >>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una >>> Agencia del gobierno que >>> se >>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un >>> ejemplo ficticio, que un >>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno >>> de Perú se convierta en >>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece >>> que va a representar y >>> defender >>> INDECOPI? >>> En el caso de que un empleado del gobierno >>> (empleado o funcionario) >>> quiera >>> representar los intereses de los usuarios, es >>> un conflicto, acá y en >>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos >>> situaciones similares en LACRALO? >>> Sí. >>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas >>> ALS? Sí. Que no lo >>> quieran >>> hacer es otra cosa. >>> Además sería importante que leas >>> cuidadosamente mi mensaje. Mi >>> preocupación >>> está dirigida a asegurarles una debida >>> representación a AUI Perú, >>> porque sé >>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer >>> esa representación y mi >>> comentario fue dirigido a que busquen a otra >>> persona que no tenga >>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de >>> LACRALO. Esa fue la >>> misma >>> conversación que tuve en privado con Maritza. >>> Por otro lado sería importante que te informes >>> correctamente antes de >>> realizar ataques contra mi persona, que además >>> no tienen nada que ver. >>> Yo >>> no soy empleada de la Universidad Nacional de >>> Córdoba ni del gobierno >>> de >>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del >>> gobierno de Argentina). >>> Yo >>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de >>> la UNC como Profesora >>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir >>> ningún sueldo, ni >>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago >>> porque me gusta la docencia >>> y >>> porque como lo hago en At-Large, es parte de >>> la decisión que he tomado >>> de >>> realizar trabajo voluntario por convicciones >>> personales. >>> Así que por favor, enfocate correctamente en >>> el tema que he planteado y >>> no >>> hagas como hacés siempre, de desviar la >>> atención sobre asuntos que no >>> tienen nada que ver con la sustancia que se >>> está conversando. >>> También sería bueno ver un poco más de >>> corporativismo al momento de >>> discutir statements y policies, eso sería más >>> productivo para LACRALO. >>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva >>> inexistente con la nueva >>> representación que han elegido. >>> Deseo profundamente que atacar para defenderse >>> no se convierta en regla >>> en >>> este hilo ni en LACRALO. >>> >>> Fatima Cambronero >>> >>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio >>> Salinas Porto < >>> presidencia@internauta.org.ar >>> <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> >>> escribió: >>> >>> >>> Estimada Fatima, lamento no estar de >>> acuerdo con vos. >>> Creo que ingresas en un equivoco grande >>> propio de un recién iniciado. >>> Una cosa es ser funcionario publico y otra >>> ser empleado publico. >>> Con el criterio que estas marcando muchos >>> de los/las compañeros de >>> LACRALO >>> deberian dejar se ser miembros, ya que por >>> lo que se, muchos se >>> desempeñan >>> como docentes de universidades publicas >>> (vos también no?), o son >>> empleados >>> de la justicia, o empleados de >>> reparticiones municipales o >>> provinciales. >>> Estudiantes de una universidad pública >>> (podria llegar a pender su nota >>> de >>> lo que vote en Lacralo?), etc. >>> El conflicto recide en si es funcionario >>> público con deciciones >>> gubernamentales o no. >>> No he visto ninguna manifestacion tuya, >>> incluso cuando te propusiste >>> para >>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de >>> interes cuando persibías >>> dinero del >>> gobierno nacional (que es de donde >>> provienen los fondos de educación >>> en >>> argentina) siendo docente de la >>> universidad nacional de córdoba. >>> Para que quede claro y no se mal >>> intemplete: Yo creo que no hay ningun >>> conflicto de interes en lo que respecta a >>> vos ni en lo que respecta a >>> Maritza. >>> Abrazo querida fatima! >>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima >>> Cambronero" < >>> fatimacambronero@gmail.com >>> <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> >>> escribió: >>> >>> >>> Johnny, todas/os, >>> >>> >>> >>> En primer lugar quisiera disculparme >>> por la demora en responder este >>> hilo >>> de correos. Estuve de viaje y con >>> dificultades para seguir todas las >>> conversaciones. >>> >>> >>> >>> Luego me gustaría hacer dos >>> comentarios respecto de este asunto. >>> >>> >>> >>> La posibilidad de designar dos >>> contactos por cada ALS (uno primario >>> con >>> derecho a voto y un contacto >>> secundario sin derecho a voto) se >>> encuentra >>> vigente desde los comienzos mismos de >>> LACRALO. Pueden revisar >>> nuestros >>> Principios Operativos vigentes aquí, >>> en el #4: >>> >>> >>> >>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ >>> Principios%25 >>> >>> 2 >>> 0Operativos%2520de%2520la% >>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v >>> e >>> rsion=1&modificationDate= >>> 1283972736000&api=v2 >>> >>> >>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f >>> >>> >>> >>> En segundo lugar, respecto de la >>> solicitud que estás realizando >>> Johnny, de >>> designar a Maritza Agüero Miñano como >>> contacto secundario (eso dices >>> en el >>> primer párrafo de tu correo) o como >>> contacto primario con derecho a >>> voto >>> (eso dices en el segundo párrafo de tu >>> correo) de AUI Perú, quisiera >>> manifestar una preocupación al >>> respecto. Antes de eso, me gustaría >>> aclarar >>> que he tenido una conversación en >>> privado con Maritza sobre este >>> tema, a >>> quién conozco personalmente del >>> Fellowship Program de ICANN y del >>> curso de >>> ISOC de Next Generation Leaders del >>> cual soy su Experta Moderadora, >>> respecto de quien no tengo ningún >>> conflicto personal y con quien me >>> une >>> incluso una amistad. >>> >>> >>> >>> Martiza trabaja para el INDECOPI, >>> Instituto Nacional de Defensa de la >>> Competencia y de la Protección de la >>> Propiedad Intelectual, que es la >>> Agencia del gobierno peruano encargada >>> de la Propiedad Intelectual. >>> Enlace >>> a su sitio web: >>> http://www.indecopi.gob.pe/ >>> >>> >>> >>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la >>> defensa de los derechos de los >>> consumidores (por favor, corríjanme si >>> me equivoco), es finalmente >>> una >>> agencia del gobierno. El gobierno >>> peruano es quien paga todos los >>> meses su >>> sueldo. >>> >>> >>> >>> Mi preocupación es por lo tanto, que >>> siendo el contacto primario de >>> AUI >>> Perú con derecho a voto una persona >>> que es empleada del gobierno de >>> Perú, >>> en el caso de presentarse un conflicto >>> entre los intereses de los >>> usuarios >>> de Internet (regionales, aunque >>> principalmente locales) y el gobierno >>> peruano, se estaría poniendo a Maritza >>> en una situación de conflicto >>> de >>> intereses, y debería apartarse de >>> representar a los usuarios de >>> Internet >>> de >>> Perú y abstenerse de votar como >>> delegada de su ALS. En ese caso, >>> estaríamos >>> volviendo inexistente la >>> representación de dicha ALS. En mi >>> opinión, >>> se >>> podría participar de las discusiones >>> como contacto secundario, pero >>> al >>> momento del voto, siendo contacto >>> primario, se deberían abstener >>> perdiendo >>> el derecho que le asiste a toda ALS >>> acreditada. >>> >>> >>> >>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle >>> a Johnny a Maritza la >>> posibilidad de >>> revisar esta modificación del contacto >>> primario con derecho a voto de >>> AUI >>> Perú para lograr que su participación >>> sea realmente efectiva dentro >>> de >>> LACRALO y de At-Large en general, en >>> representación de los intereses >>> de >>> los >>> usuarios finales de Internet. >>> >>> >>> >>> Quedo a su disposición para colaborar >>> con ustedes en lo que esté >>> dentro de >>> mis posibilidades. >>> >>> >>> >>> Saludos cordiales, >>> >>> Fatima Cambronero >>> >>> >>> >>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37, >>> Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe >>> <mailto:jlaureano@aui.pe> >>> >>> escribió: >>> >>> Estimado Alberto, >>> >>> En principio para felicitar esta >>> iniciativa, me parece muy >>> saludable >>> que >>> las ALS deleguen o acrediten a un >>> segundo representante. En este >>> >>> sentido, >>> >>> presentamos a la Srta. Abogada >>> Maritza Agüero Miñano como segunda >>> representante de AUI PERU, para >>> los efectos de representación ante >>> >>> LACRALO >>> >>> e ICANN. >>> >>> En este mismo sentido, en mi >>> condición de Presidente y Titular >>> >>> acreditado >>> >>> de AUI PERU, mediante el presente >>> solicito se le otorgue las >>> credenciales de votación en >>> representación de nuestra >>> organización >>> en LACRALO. >>> >>> Agradezco la atención al presente. >>> >>> Atentamente, >>> >>> Johnny Laureano >>> Pdte. AUI PERU >>> >>> >>> >>> >>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, >>> Alberto Soto >>> <alberto@soto.net.ar >>> <mailto:alberto@soto.net.ar>> >>> >>> escribió: >>> >>> Estimados, según nuestras >>> normas cada ALS puede tener >>> dos >>> >>> representantes. >>> >>> Uno de ellos es quien es >>> designado por la misma y >>> autorizado a >>> votar, >>> >>> y >>> >>> es >>> >>> a >>> quien se le envían las >>> credenciales correspondientes. >>> >>> Pero en algunas >>> organizaciones, por varias >>> razones el titular puede >>> no >>> estar >>> disponible en algunos momentos >>> y desea que el otro >>> representante >>> >>> tenga la >>> >>> información necesaria. >>> >>> Es por ello que las ALSs que >>> lo deseen, pueden enviarme el >>> nombre y >>> >>> correo >>> >>> del segundo representante para >>> agregarlos en las listas de >>> mails de >>> LACRALO. >>> >>> Siempre permanecerá para la >>> votación el designado >>> oportunamente, >>> hasta >>> >>> que >>> >>> la ALS informe oficialmente un >>> cambio. >>> >>> >>> >>> Saludos cordiales >>> >>> >>> >>> Alberto Soto >>> >>> >>> >>>
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Estimada Fátima, En esta situación, no veo que no se tome en serio el trabajo de LACRALO y de Aty.large. Solo veo una sana discrepancia de opiniones, que contribuye de sobremanera al desarrollo de nuestra región. Además como ves, estamos tratando de buscar mecanismos para solucionar potenciales soluciones de conflicto (a través de grupo de gobernanza). Un última petición si es posible. Cuando lleves esta preocupación a ALAC, te solicitaría que también expliques que hay gente dentro de LACRALO que discrepa de tu postura y que además estamos tratando de buscar mecanismos internos que buscan solucionar eventuales conflictos. Un abrazo El 14/09/2014 06:22 p.m., Fatima Cambronero escribió:
Estimadas/os,
Me parece importante tener en cuenta algunos comentarios que se realizaron con anterioridad en este hilo.
Es un hecho que Maritza para la reunión de ICANN en Durban aplicó al Programa de Felowship como gobierno ( https://www.icann.org/resources/pages/durban47-attendees-2013-08-02-en).
Luego recuerdo habernos cruzado en un pasillo en la reunión de Londres donde ambas íbamos hacia una reunión del GAC y Maritza me dijo que iba a esa reunión del GAC ya que siendo del gobierno de su país, le interesaba participar en esas reuniones.
Entiendo que lo que sucede en muchos de nuestros países, es que las personas que representan a nuestros gobiernos en el GAC no se renuevan con periodicidad y no dan lugar a nuevas personas para ocupar esos espacios. Supongo que puede suceder algo similar en el caso de Perú.
Quizás una mejor opción de participación para Maritza, por tu background y conocimientos, sea participar de manera individual en el IPC del GNSO ( http://gnso.icann.org/en/about/stakeholders-constituencies/csg/ipc) que está específicamente enfocada en propiedad intelectual.
También me parece importante que destaquemos el rol relevante que han tenido las generaciones que nos precedieron en At-Large para lograr que At-Large sea actualmente la casa de los usuarios finales de Internet.
At-Large no es más una comunidad residual donde llegan para participar todos los que no entran en otra constituency. Tampoco tiene At-Large un trato diferenciado negativo como tenía a los comienzos. Mucha gente, anterior a nosotros, trabajó muy fuerte para lograr ese reconocimiento.
Incluso en Londres nos pasamos una semana entera defendiendo los derechos y los intereses de los usuarios finales de Internet, pidiendo entre otras cosas, que el usuario sea reconocido como un quinto stakeholder en el Ecosistema de la IG. Hicimos una declaración con recomendaciones a la Junta que acaba de resolver el reconocimiento de la misma.
En mi opinión, todos estos acontecimientos ameritan un respeto y una necesidad de tomarse en serio el trabajo que se hace en LACRALO y en At-Large.
Supongo que este asunto se seguirá debatiendo en LACRALO, y en mi caso, me parece importante llevar esta preocupación también a ALAC.
Fatima Cambronero
El 14 de septiembre de 2014, 13:29, Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br> escribió:
Alejandro. Tuvimos esta duda sobre la regla del Board cuando de la candidatura por el NomComm de Gonzalo. Porque el era también um miembro del instituto de propiedad intelectual de Chile. Así que consultamos y el fue acepto como board miembro de nuestra region. Así que comprendí que pelas reglas del Board, a un miembro involucrado con la propuesta y enforcement ( no se como se dice en español) de políticas públicas no está permitido ser miembro del Board. Los que no son directamente involucrados no hay especial restricción.
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 14:41, "Alejandro Pisanty" <apisanty@gmail.com> wrote:
Colegas,
ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y principios (cada quien elige su mezcla).
Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio profesional y la posición de la organización que representas, por ejemplo en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno peruano, en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio; estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el INDECOPI tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes para expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es otro tema.
Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la organización.
Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe hacer saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar su independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está en conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un comité confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
Alejandro Pisanty
2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero@aui.pe>:
Estimad@s tod@s,
Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me impidió hacerlo antes.
Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de intereses deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno desempeña al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para representar a los usuarios, sería introducir una variable discriminatoria a favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales de un Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía que ninguna ley en el mundo prohíbe.
Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno que tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones y 3 Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia, 2. Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5. Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2. Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la Calidad). Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente a nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad técnica de sus pronunciamientos.
En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien trabajo para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad Intelectual. No soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es así que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5 Vocales) que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que tengo a mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el sentido de un pronunciamiento.
Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se encargan de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto Amazon fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una Comisión y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con otras áreas, etc).
He revisado con detenimiento el bylaws https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y esos nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior publicación en el Diario Oficial ³El Peruano².
b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de influenciar en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del gobierno.
Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso, entonces se iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque también soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel técnico las leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y leyes específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales, porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de trabajadora del gobierno.
Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios. Sin perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo que las autoridades de LACRALO determinen.
Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que Johnny tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio Salinas, Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod@s los demás.
Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o comentario adicional.
Maritza Agüero
El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com
escribió: Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas.
*Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/ resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com <mailto:hcarrascob@gmail.com>>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br <mailto:vanda@uol.com.br>> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com <mailto:cveraq@gmail.com>> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar <mailto:presidencia@internauta.org.ar>> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com <mailto:fatimacambronero@gmail.com>> escribió:
Johnny, todas/os,
En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este hilo de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las conversaciones.
Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto.
La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario con derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se encuentra vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar nuestros Principios Operativos vigentes aquí, en el #4:
https://community.icann.org/download/attachments/2264378/ Principios%25
2 0Operativos%2520de%2520la% 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v e rsion=1&modificationDate= 1283972736000&api=v2
Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando Johnny, de designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices en el primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a voto (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría aclarar que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este tema, a quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del curso de ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me une incluso una amistad.
Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. Enlace a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/
Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente una agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los meses su sueldo.
Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de AUI Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de Perú, en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los usuarios de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto de intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de Internet de Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, estaríamos volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, se podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero al momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener perdiendo el derecho que le asiste a toda ALS acreditada.
Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la posibilidad de revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de AUI Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro de LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses de los usuarios finales de Internet.
Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté dentro de mis posibilidades.
Saludos cordiales,
Fatima Cambronero
El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe <mailto:jlaureano@aui.pe>
escribió:
Estimado Alberto,
En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable que las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este
sentido,
presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante
LACRALO
e ICANN.
En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular
acreditado
de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las credenciales de votación en representación de nuestra organización en LACRALO.
Agradezco la atención al presente.
Atentamente,
Johnny Laureano Pdte. AUI PERU
El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar <mailto:alberto@soto.net.ar>>
escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos
representantes.
Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar,
y
es
a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante
tenga la
información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y
correo
del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta
que
la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
Phone: +54 9351 5282 668 Twitter: @facambronero Skype: fatima.cambronero ______________________________ _________________ lac-discuss-es mailing list
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/ 22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . . _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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Humberto, retomando brevemente: 1. el lugar adecuado para hacer una propuesta a la comunidad es el Grupo de Gobernanza. Qué bueno que Sergio nos indica que lo están atendiendo. 2. un parámetro de interés es la fluidez de las identidades. Por ejemplo, para calibración, Maritza fue "fellow" como "gobierno". Sergio, tengan este tipo de datos en cuenta para una propuesta que combine, como lo mencioné ayer, principios y pragmatismo. Saludos cordiales. Alejandro Pisanty 2014-09-13 3:43 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com>:
Estimado Alejandro,
Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión del inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
*Español:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
*Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS DIRECTORES) *
1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de un gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por tratado o por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en el presente documento, el término “funcionario” hace referencia a una persona (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas gubernamentales o públicas. *Portugués:*
https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
*Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de uma entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por tratado ou outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais. Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de dilucidar este punto con mayor seguridad:
1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo tanto, es discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho, las normas que establecen requisitos, "deben interpretarse restrictivamente" y por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme con lo estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala: "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe. Todos los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser miembros de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse como ALS."
2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con ello me refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen los requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos criterios, los que son: (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya *función principal *en tal gobierno o entidad es *desarrollar o influenciar *políticas gubernamentales o públicas.
Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado. b.- Lo que debemos determinar, es si su* función principal*, es desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella cumple en INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo, es quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se cumpliría el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
*Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de LACRALO. Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
Un abrazo a todos
El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
Humberto,
aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
*Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of a national government or a multinational entity established by treaty or other agreement between national governments may serve as a Director. As used herein, the term "official" means a person (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is employed by such government or multinational entity and whose primary function with such government or entity is to develop or influence governmental or public policies.
Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir, reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo artículo.
El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO. Además de la letra de la ley están los principios que representa ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los abogados).
Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que regularmente pagan sus cuentas.
Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la recusación del voto o incluso de la participación en la discusión de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable. El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob@gmail.com>:
Estimado Alejandro:
Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder revisarla en detalle?
Muchas gracias de antemano.
Un abrazo El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este
asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su
trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y
también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero > <fatimacambronero@gmail.com> escribió: > > Sergio, > > He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera > cualquiera > del > tipo. > Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que > el > gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un > conflicto de > interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo > quieras > justificar como lo quieras justificar. > Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno > que > se > dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que > un > nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta > en > marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y > defender > INDECOPI? > En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) > quiera > representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en > cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? > Sí. > ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo > quieran > hacer es otra cosa. > Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi > preocupación > está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, > porque sé > que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y > mi > comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga > conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la > misma > conversación que tuve en privado con Maritza. > Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de > realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que > ver. > Yo > no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno > de > Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de > Argentina). > Yo > voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora > Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni > remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la > docencia > y > porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he > tomado > de > realizar trabajo voluntario por convicciones personales. > Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he > planteado y > no > hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no > tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. > También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de > discutir statements y policies, eso sería más productivo para > LACRALO. > Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva > representación que han elegido. > Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en > regla > en > este hilo ni en LACRALO. > > Fatima Cambronero > > El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < > presidencia@internauta.org.ar> escribió: > > Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. >> Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién >> iniciado. >> Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. >> Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de >> LACRALO >> deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se >> desempeñan >> como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son >> empleados >> de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o >> provinciales. >> Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su >> nota >> de >> lo que vote en Lacralo?), etc. >> El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones >> gubernamentales o no. >> No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste >> para >> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías >> dinero del >> gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación >> en >> argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. >> Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay >> ningun >> conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta >> a >> Maritza. >> Abrazo querida fatima! >> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < >> fatimacambronero@gmail.com> escribió: >> >> Johnny, todas/os, >>> >>> >>> >>> En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder >>> este >>> hilo >>> de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas >>> las >>> conversaciones. >>> >>> >>> >>> Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto. >>> >>> >>> >>> La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario >>> con >>> derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se >>> encuentra >>> vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar >>> nuestros >>> Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: >>> >>> >>> >>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25
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>>> >>> 0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v >>> e >>> rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2 >>> >>> >>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f >>> >>> >>> >>> En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando >>> Johnny, de >>> designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso >>> dices >>> en el >>> primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a >>> voto >>> (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, >>> quisiera >>> manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría >>> aclarar >>> que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este >>> tema, a >>> quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del >>> curso de >>> ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, >>> respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me >>> une >>> incluso una amistad. >>> >>> >>> >>> Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de >>> la >>> Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es >>> la >>> Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. >>> Enlace >>> a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/ >>> >>> >>> >>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los >>> consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente >>> una >>> agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los >>> meses su >>> sueldo. >>> >>> >>> >>> Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de >>> AUI >>> Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de >>> Perú, >>> en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los >>> usuarios >>> de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el >>> gobierno >>> peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de >>> conflicto >>> de >>> intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de >>> Internet >>> de >>> Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, >>> estaríamos >>> volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi >>> opinión, >>> se >>> podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero >>> al >>> momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener >>> perdiendo >>> el derecho que le asiste a toda ALS acreditada. >>> >>> >>> >>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la >>> posibilidad de >>> revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto >>> de >>> AUI >>> Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro >>> de >>> LACRALO y de At-Large en general, en representación de los >>> intereses >>> de >>> los >>> usuarios finales de Internet. >>> >>> >>> >>> Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté >>> dentro de >>> mis posibilidades. >>> >>> >>> >>> Saludos cordiales, >>> >>> Fatima Cambronero >>> >>> >>> >>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano < >>> jlaureano@aui.pe >>> escribió: >>> >>> Estimado Alberto, >>>> >>>> En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy >>>> saludable >>>> que >>>> las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este >>>> >>> sentido, >>> >>>> presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda >>>> representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante >>>> >>> LACRALO >>> >>>> e ICANN. >>>> >>>> En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular >>>> >>> acreditado >>> >>>> de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las >>>> credenciales de votación en representación de nuestra organización >>>> en LACRALO. >>>> >>>> Agradezco la atención al presente. >>>> >>>> Atentamente, >>>> >>>> Johnny Laureano >>>> Pdte. AUI PERU >>>> >>>> >>>> >>>> >>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto >>>> <alberto@soto.net.ar> >>>> escribió: >>>> >>>> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos >>>>> >>>> representantes. >>> >>>> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >>>>> votar, >>>>> >>>> y >>> >>>> es >>>> >>>>> a >>>>> quien se le envían las credenciales correspondientes. >>>>> >>>>> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular >>>>> puede >>>>> no >>>>> estar >>>>> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante >>>>> >>>> tenga la >>> >>>> información necesaria. >>>>> >>>>> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el >>>>> nombre y >>>>> >>>> correo >>>> >>>>> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails >>>>> de >>>>> LACRALO. >>>>> >>>>> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >>>>> hasta >>>>> >>>> que >>>> >>>>> la ALS informe oficialmente un cambio. >>>>> >>>>> >>>>> >>>>> Saludos cordiales >>>>> >>>>> >>>>> >>>>> Alberto Soto >>>>> >>>>> >>>>> >>>>> _______________________________________________ >>>>> lac-discuss-es mailing list >>>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>>>> >>>>> http://www.lacralo.org >>>>> >>>> _______________________________________________ >>>> lac-discuss-es mailing list >>>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>>> >>>> http://www.lacralo.org >>>> >>> >>> >>> -- >>> *Fatima Cambronero* >>> Abogada-Argentina >>> >>> Phone: +54 9351 5282 668 >>> Twitter: @facambronero >>> Skype: fatima.cambronero >>> _______________________________________________ >>> lac-discuss-es mailing list >>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>> >>> http://www.lacralo.org >>> >> > -- > *Fatima Cambronero* > Abogada-Argentina > > Phone: +54 9351 5282 668 > Twitter: @facambronero > Skype: fatima.cambronero > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org > _______________________________________________ lac-discuss-es mailing list lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
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-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dr. Alejandro Pisanty Facultad de Química UNAM Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico +52-1-5541444475 FROM ABROAD +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475 Blog: http://pisanty.blogspot.com LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614 Twitter: http://twitter.com/apisanty ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org . . . . . . . . . . . . . . . .
De acuerdo, hay que considerar que LACRALO e ICANN no tratan solamente un tema, por ejemplo propiedad intelectual, al contrario de ciertos grupos especializados donde el conflicto de interés podría ser mucho más notorio y permanente, cual no es el caso aquí. Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 12/09/2014, a las 15:37, Alejandro Pisanty <apisanty@gmail.com> escribió:
Vanda,
aquí hay un malentendido.
En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como el Board - a personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y organizaciones que hacen las políticas que afectan a Internet.
Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto cuidadosamente y concluimos que los académicos de instituciones públicas de educación e investigación generalmente no se encuentran en este caso.
En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de las cuales tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos - están sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no pueden ir en contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están representados en ICANN a través del GAC.
En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC, NPOC; NCSG, At Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué? Independencia de criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia, como las políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta claridad sin dejar de reconocer que la realidad es compleja.
Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las posiciones de los usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
Alejandro Pisanty
2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda@uol.com.br>:
Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que tuvo en este asunto.
A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era una persona del gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad directa con los usuarios, simplesmente era una empleada pública.
B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión tiene una actividad voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es simplesmente una empleada del gobierno. w
Mis razones: Si no logramos que una empleada del gobierno que no represente la posición de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en el órgano de gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo de LACRALO , como hacemos con los empleados de las universidades públicas que están en LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado de la Universidad de West Indias - una universidad publica) por todos conocido, porque no queremos perderlo por cierto y está super involucrado con LACRALO y así debe permanecer !!. Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de los usuarios, en entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo el facto de la persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin especial titulo, pueda ser un impedimento.
Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza asuma la posición a que fue considerada con todos los directos iguales a los demás.
Abrazos a todos
Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda@uol.com.br> wrote:
Creo que en ICANN hay claros locales adonde una persona función de su trabajo puede participar: como representante directo del gobierno, como representante de interés de un agente económico, sea una entidad con fines de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay también espacio apra los expertos de propiedad intelectual. No hay discriminación si es una agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad intelectual. Por otro lado hay At Large que tiene la intención de agravar los que buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de internet. Para estes hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con foco en la defensa de los interese de los usuarios, pero no si pretende que sean gobiernos nin que t=visen obtener lucro en su actividad. Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una agencia de gobierno focada en propiedad intelectual no tiene foco en la defensa de s\los usuarios de internet. Yo personalmente ya fui presidente de la agencia brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que en nada tenia en cuenta los usuarios de internet y los colegas que la están ahora tampoco tienen foco en usuarios de internet. Vanda Scartezini Polo Consultores Associados Av. Paulista 1159, cj 1004 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil Land Line: +55 11 3266.6253 Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana" <cveraq@gmail.com> wrote:
Estimado todos: En estos temas hay que manejarse de modo pragmático y también apegados a Derecho.
1. Muchos de los representantes en este y otros grupos, son profesionales a quienes el "voluntariado" en los mismos les resulta un insumo profesional y adicionalmente perciben pagos por su trabajo aquí o en las comisiones por los proyectos que realizan, ya sea de modo directo (proyectos, sueldo profesional, honorarios profesionales, etc) o indirecto (valor agregado a sus propias profesiones). Por tanto el "voluntariado" como tal no existe sino que trabajan por que esa experiencia en los grupos de trabajo y comisiones les remunera profesionalmente directa o indirectamente. El interés por el usuario es real pero secundario y tienen una dedicación casi exclusiva a estos temas pues es parte de su trabajo o profesión.
2. Otros somos voluntarios más directos y no vivimos de esto ni directa ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos no aparece "voluntario del ALS" y por tanto esta actividad no nos remunera de ningún modo. El interés por el usuario es primario aquí. En este caso nuestra participación a menudo no es todo lo intensa, constante o profunda como los primeros pues debemos, además del tiempo dedicado al voluntariado, trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos agrega valor para lo que hacemos profesionalmente.
3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en algún momento tuviera un conflicto de intereses real o potencial esto deberá ser analizado EN DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si este delegado continua o no su rol para esa determinada situación. Para eso está el suplente igualmente. Es decir a nadie se le puede negar participar por algo potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno de los miembros puede tener un conflicto en determinado y específico tema, lo declara y se abstiene de participar o delega su participación y es el hecho que corresponde.
4. El argumento de que ser funcionario de una institución PODRÍA representar un conflicto es irrelevante para la actuación de la delegada de Perú. Si en algún momento se presenta un conflicto se lo analizará Y ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
Carlos Vera Quintana 0988141143 Sígueme @cveraq
El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero <fatimacambronero@gmail.com> escribió:
Sergio,
He leído comentarios absurdos pero la verdad que esto supera cualquiera del tipo. Trabajar para el gobierno, seas empleado o funcionario público, que el gobierno te pague el sueldo todos los meses es directamente un conflicto de interés cuando hay que defender los intereses de los usuarios. Lo quieras justificar como lo quieras justificar. Además en el caso de Martiza, trabaja para una Agencia del gobierno que se dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un ejemplo ficticio, que un nombre de dominio X auspiciado por el gobierno de Perú se convierta en marca comercial, ¿a qué intereses te parece que va a representar y defender INDECOPI? En el caso de que un empleado del gobierno (empleado o funcionario) quiera representar los intereses de los usuarios, es un conflicto, acá y en cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos situaciones similares en LACRALO? Sí. ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas ALS? Sí. Que no lo quieran hacer es otra cosa. Además sería importante que leas cuidadosamente mi mensaje. Mi preocupación está dirigida a asegurarles una debida representación a AUI Perú, porque sé que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer esa representación y mi comentario fue dirigido a que busquen a otra persona que no tenga conflictos para asegurarse sus votos dentro de LACRALO. Esa fue la misma conversación que tuve en privado con Maritza. Por otro lado sería importante que te informes correctamente antes de realizar ataques contra mi persona, que además no tienen nada que ver. Yo no soy empleada de la Universidad Nacional de Córdoba ni del gobierno de Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del gobierno de Argentina). Yo voy a dar clases a la Facultad de Derecho de la UNC como Profesora Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir ningún sueldo, ni remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago porque me gusta la docencia y porque como lo hago en At-Large, es parte de la decisión que he tomado de realizar trabajo voluntario por convicciones personales. Así que por favor, enfocate correctamente en el tema que he planteado y no hagas como hacés siempre, de desviar la atención sobre asuntos que no tienen nada que ver con la sustancia que se está conversando. También sería bueno ver un poco más de corporativismo al momento de discutir statements y policies, eso sería más productivo para LACRALO. Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva inexistente con la nueva representación que han elegido. Deseo profundamente que atacar para defenderse no se convierta en regla en este hilo ni en LACRALO.
Fatima Cambronero
El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio Salinas Porto < presidencia@internauta.org.ar> escribió:
Estimada Fatima, lamento no estar de acuerdo con vos. Creo que ingresas en un equivoco grande propio de un recién iniciado. Una cosa es ser funcionario publico y otra ser empleado publico. Con el criterio que estas marcando muchos de los/las compañeros de LACRALO deberian dejar se ser miembros, ya que por lo que se, muchos se desempeñan como docentes de universidades publicas (vos también no?), o son empleados de la justicia, o empleados de reparticiones municipales o provinciales. Estudiantes de una universidad pública (podria llegar a pender su nota de lo que vote en Lacralo?), etc. El conflicto recide en si es funcionario público con deciciones gubernamentales o no. No he visto ninguna manifestacion tuya, incluso cuando te propusiste para ser ALAC Member, sobre tu conflicto de interes cuando persibías dinero del gobierno nacional (que es de donde provienen los fondos de educación en argentina) siendo docente de la universidad nacional de córdoba. Para que quede claro y no se mal intemplete: Yo creo que no hay ningun conflicto de interes en lo que respecta a vos ni en lo que respecta a Maritza. Abrazo querida fatima! El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima Cambronero" < fatimacambronero@gmail.com> escribió:
> Johnny, todas/os, > > > > En primer lugar quisiera disculparme por la demora en responder este >hilo > de correos. Estuve de viaje y con dificultades para seguir todas las > conversaciones. > > > > Luego me gustaría hacer dos comentarios respecto de este asunto. > > > > La posibilidad de designar dos contactos por cada ALS (uno primario >con > derecho a voto y un contacto secundario sin derecho a voto) se >encuentra > vigente desde los comienzos mismos de LACRALO. Pueden revisar >nuestros > Principios Operativos vigentes aquí, en el #4: > > >https://community.icann.org/download/attachments/2264378/Principios%25 >2 >0Operativos%2520de%2520la%2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v >e >rsion=1&modificationDate=1283972736000&api=v2 > > > Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f > > > > En segundo lugar, respecto de la solicitud que estás realizando >Johnny, de > designar a Maritza Agüero Miñano como contacto secundario (eso dices >en el > primer párrafo de tu correo) o como contacto primario con derecho a >voto > (eso dices en el segundo párrafo de tu correo) de AUI Perú, quisiera > manifestar una preocupación al respecto. Antes de eso, me gustaría >aclarar > que he tenido una conversación en privado con Maritza sobre este >tema, a > quién conozco personalmente del Fellowship Program de ICANN y del >curso de > ISOC de Next Generation Leaders del cual soy su Experta Moderadora, > respecto de quien no tengo ningún conflicto personal y con quien me >une > incluso una amistad. > > > > Martiza trabaja para el INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de la > Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, que es la > Agencia del gobierno peruano encargada de la Propiedad Intelectual. >Enlace > a su sitio web: http://www.indecopi.gob.pe/ > > > > Aunque el INDECOPI se ocupe de la defensa de los derechos de los > consumidores (por favor, corríjanme si me equivoco), es finalmente >una > agencia del gobierno. El gobierno peruano es quien paga todos los >meses su > sueldo. > > > > Mi preocupación es por lo tanto, que siendo el contacto primario de >AUI > Perú con derecho a voto una persona que es empleada del gobierno de >Perú, > en el caso de presentarse un conflicto entre los intereses de los >usuarios > de Internet (regionales, aunque principalmente locales) y el gobierno > peruano, se estaría poniendo a Maritza en una situación de conflicto >de > intereses, y debería apartarse de representar a los usuarios de >Internet > de > Perú y abstenerse de votar como delegada de su ALS. En ese caso, > estaríamos > volviendo inexistente la representación de dicha ALS. En mi opinión, >se > podría participar de las discusiones como contacto secundario, pero >al > momento del voto, siendo contacto primario, se deberían abstener >perdiendo > el derecho que le asiste a toda ALS acreditada. > > > > Por lo tanto, me gustaría solicitarle a Johnny a Maritza la >posibilidad de > revisar esta modificación del contacto primario con derecho a voto de >AUI > Perú para lograr que su participación sea realmente efectiva dentro >de > LACRALO y de At-Large en general, en representación de los intereses >de > los > usuarios finales de Internet. > > > > Quedo a su disposición para colaborar con ustedes en lo que esté >dentro de > mis posibilidades. > > > > Saludos cordiales, > > Fatima Cambronero > > > > El 2 de septiembre de 2014, 11:37, Johnny Laureano <jlaureano@aui.pe> > escribió: > >> Estimado Alberto, >> >> En principio para felicitar esta iniciativa, me parece muy saludable >>que >> las ALS deleguen o acrediten a un segundo representante. En este > sentido, >> presentamos a la Srta. Abogada Maritza Agüero Miñano como segunda >> representante de AUI PERU, para los efectos de representación ante > LACRALO >> e ICANN. >> >> En este mismo sentido, en mi condición de Presidente y Titular > acreditado >> de AUI PERU, mediante el presente solicito se le otorgue las >> credenciales de votación en representación de nuestra organización >> en LACRALO. >> >> Agradezco la atención al presente. >> >> Atentamente, >> >> Johnny Laureano >> Pdte. AUI PERU >> >> >> >> >> El 1 de septiembre de 2014, 14:20, Alberto Soto >><alberto@soto.net.ar> >> escribió: >> >>> Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos > representantes. >>> Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a >>>votar, > y >> es >>> a >>> quien se le envían las credenciales correspondientes. >>> >>> Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede >>>no >>> estar >>> disponible en algunos momentos y desea que el otro representante > tenga la >>> información necesaria. >>> >>> Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y >> correo >>> del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de >>> LACRALO. >>> >>> Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, >>>hasta >> que >>> la ALS informe oficialmente un cambio. >>> >>> >>> >>> Saludos cordiales >>> >>> >>> >>> Alberto Soto >>> >>> >>> >>> _______________________________________________ >>> lac-discuss-es mailing list >>> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >>> >>> http://www.lacralo.org >> _______________________________________________ >> lac-discuss-es mailing list >> lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org >> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es >> >> http://www.lacralo.org > > > > -- > *Fatima Cambronero* > Abogada-Argentina > > Phone: +54 9351 5282 668 > Twitter: @facambronero > Skype: fatima.cambronero > _______________________________________________ > lac-discuss-es mailing list > lac-discuss-es@atlarge-lists.icann.org > https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es > > http://www.lacralo.org
-- *Fatima Cambronero* Abogada-Argentina
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Buenos días Alberto, compañeras y compañeros La presente es para informarles que para todos los efectos que sean necesarios, el segundo representante de nuestra organización es Eduardo Méndez. Saludos cordiales, Sergio Bronstein Presidente Internauta Venezuela El 1 de septiembre de 2014, 14:50, Alberto Soto <alberto@soto.net.ar> escribió:
Estimados, según nuestras normas cada ALS puede tener dos representantes. Uno de ellos es quien es designado por la misma y autorizado a votar, y es a quien se le envían las credenciales correspondientes.
Pero en algunas organizaciones, por varias razones el titular puede no estar disponible en algunos momentos y desea que el otro representante tenga la información necesaria.
Es por ello que las ALSs que lo deseen, pueden enviarme el nombre y correo del segundo representante para agregarlos en las listas de mails de LACRALO.
Siempre permanecerá para la votación el designado oportunamente, hasta que la ALS informe oficialmente un cambio.
Saludos cordiales
Alberto Soto
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participants (12)
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Alberto Soto -
Alejandro Pisanty -
Carlos Vera Quintana -
Fatima Cambronero -
Humberto Carrasco -
Johnny Laureano -
Juan Manuel Rojas -
León Felipe Sánchez Ambía -
Maritza Aguero -
Sergio Bronstein -
Sergio Salinas Porto -
Vanda Scartezini